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miércoles, 14 de febrero de 2024

Diferencias entre la Persona Física y la Persona Jurídica

Seguro que alguna vez has oído hablar acerca de personas físicas y jurídicas. Y aunque son dos conceptos muy habituales, aunque no siempre se conocen sus características y diferencias, a pesar de que son importantes para cualquier ciudadano. 


Conocerlas es fundamental para todos, sobre todo para aquellos que están pensando en poner en marcha un negocio y son todavía novatos en estas lides.


A continuación comparto contigo las características de la persona física y de la persona jurídica, y también sus diferencias


Diferencias entre la persona física y la persona jurídica


Persona física


Es ni más ni menos que un individuo humano que tiene la capacidad de ejercer sus derechos y obligaciones y ser responsable de ellos.


▣ Esos derechos comienzan con el nacimiento y se extinguen con el fallecimiento del individuo (art. 29 a 34 del Capítulo II, Libro Primero, del Código Civil español). 


▣ Una persona física, siempre que sea mayor de edad, emancipada y no tener limitadas sus facultades, tiene capacidad de obrar en su propio nombre. Si no se dan estos casos, puede ser representada por un tutor o institución.


▣ Puede ser cualquiera, un trabajador por cuenta ajena, un autónomo, un desempleado...


▣ Las personas físicas responden con su patrimonio personal de las deudas y obligaciones con terceros. Y esta responsabilidad afecta a sus bienes, tanto presentes como futuros.  


▣ Si desean iniciar una actividad económica, las personas físicas no necesitan aportar ningún capital. 


▣ Si una persona física quiere iniciar una actividad económica tiene ciertas obligaciones. Estará obligada a registrarla, a cumplir con la legislación fiscal y de Seguridad Social, a llevar los correspondientes registros contables. También a cumplir con la legislación laboral (si contrata a trabajadores por cuenta ajena), la de prevención de riesgos y la normativa de seguridad e higiene en el trabajo (según el caso). Y, por supuesto a cumplir con la legislación en cuento a protección de datos personales. 


▣ La persona física se identifica mediante su nombre y apellidos, su NIF, su lugar de residencia y su nacionalidad. 


Ordenador portátil sobre una mesa junto con un bloc de notas, un café y un móvil


Personas jurídica


▣ Se considera como tal a las entidades, asociaciones y fundaciones estatales, y por tanto de interés público, y que estén reconocidas por la ley. Y también a las asociaciones civiles, mercantiles o industriales de interés particular, con o sin ánimo de lucro, y que tengan personalidad propia reconocida por la ley, personalidad que es independiente de los asociados que las integren, puesto que cada uno de esos socios tendrán también su personalidad física propia. 


▣ Su personalidad, es decir, sus derechos y obligaciones, comienzas desde el momento en el que se constituye legalmente, algo que se completa con la inscripción en el Registro Mercantil.


▣ Una persona jurídica necesita un representante para ejercer derechos y obligaciones, que será una persona física que tendrá poderes para hacerlo. 


▣ Las personas jurídicas pueden responder ante las deudas y obligaciones con el propio patrimonio y activos de la corporación, asociación o fundación o con el patrimonio de los asociados como personas físicas según su forma jurídica. En el caso de las Sociedades Anónimas, las de Responsabilidad Limitadas, de Garantía Recíproca o Cooperativas, responderán con el capital que se haya aportado a la sociedad, salvo que se considere que ha habido dolo o mala fe por parte de los administradores, a los que en ese caso se les puede hacer también responsables a título personal. Mientras que en el caso de las Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles, Colectivas y Profesionales, los asociados deben responder a las deudas y obligaciones con su patrimonio particular. 


Grupo de personas trabajando en una mesa


▣ Las personas jurídicas, según su forma, estarán obligadas a aportar un capital para su constitución.


▣ En cuanto a las obligaciones, hay algunas comunes a las de las personas físicas, pero se añaden algunas más, según la forma jurídica que se adopte. Estas pueden ser: aportación de capital inicial, inscripción en el Registro Mercantil, obtener el NIF en Hacienda, obligación de convocar juntas de accionistas...


▣ La persona jurídica se identifica mediante su razón social, su domicilio social, su domicilio fiscal, su NIF y el territorio en el que tenga su domicilio fiscal. 


Como ves, tanto los conceptos como las diferencias son bastante sencillos de entender. Lo difícil es lidiar con la Administración y la burocracia, tanto si eres una persona física como jurídica.


Información de interés:

Código Civil

Constitución Española

Obligaciones fiscales

Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español

Impuesto sobre la renta de las personas físicas


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miércoles, 28 de diciembre de 2022

Recopilatorio de 2022 de Todos Somos Clientes

Parece que era ayer cuando estaba escribiendo el Recopilatorio de 2021, y ya estamos en 2022. ¡Y menudo año! Porque ha sido una montaña rusa (y no hay segundas intenciones en el término) de experiencias, de situaciones y de emociones. 


Y una de esas experiencias y emociones ha sido cumplir 10 años con este blog. ¡10 años! Que se dice pronto. Nunca pensé ni en mis mejores sueños que iba a ser tan longevo, ni que iba a tener tantos (y tan buenos) lectores después de una década. Me siento realmente afortunada por ello y te doy las gracias por ser parte de esta aventura. 


Para celebrarlo aquí tienes todos los post publicados en 2022 en el blog de Todos Somos Clientes, organizados por temáticas, para que puedas encontrar el que te interese leer o releer. 

 

Recopilatorio de 2022 de Todos Somos Clientes


Equipos


Qué Hacer si tu Ordenador se Congela o Se Bloquea

Suspensión, Hibernacion, Apagado o Reinicio. ¿Cuándo y Cómo?

Archivos Borrados por Error: Así Puedes Recuperarlos 

Qué Hacer Antes de Vender Tu Ordenador 

 

Ciberseguridad y privacidad

 

Qué Es la Verificación en Dos Pasos o 2FA

Qué Es el Smishing y cómo Protegerte de Esta Amenaza 

Protege Tus dispositivos Durante Tus Viajes

Cómo Evitar que Te Rastreen en Internet 

Cómo Usar Con Seguridad una Unidad USB 

URL Acortadas: Cómodas... ¿Y Seguras? 

Estafas Comunes en WhatsApp y Cómo Evitarlas 

Guía Básica sobre el Malware que Debes Conocer 

Consejos para Usar con Seguridad Dispositivos Extraíbles


Cómo evitar que te rasteeen en Innternet - Todos somos clientes


Consumo


Cambios y Devoluciones en las Compras: ¿Qué Derechos Tengo?

Consejos para Comprar por Cupones 

Cómo Defenderte de la Publicidad Engañosa 

Cómo Escribir una Buena Reseña en Internet 

Conoce la Garantías en las Reparaciones de Artículos 

Todo lo que Debes Saber sobre el Derecho de Admisión

 

Dinero y finanzas

 

Tarjetas de Crédito de Empresa: Ventajas, Inconvenientes y Recomendaciones de Uso

Confirmirng: una Forma de Financiación que Debes Conocer 

Consejos Realistas y Eficaces para Ahorrar dinero 

Qué Hacer Si Se Te Olvida el PIN de Tu Tarjeta 

Dinero en Efectivo: Ventajas, Derechos y Obligaciones

 

Dinero en efectivo: ventajas, derechos y obligaciones - Todos somos clientes

 

Empresa y emprendedores

 

Cómo Doy de Alta un Centro de Trabajo  

¿Conviene Permitir el Uso de Redes Sociales a los Trabajadores? 

Qué Es la Propiedad Intelectual y Cómo Protegerla


Comunicación


Ventajas de Hacer Preguntas y Cómo Formularlas Adecuadamente

Consejos para Crear una Buena Impresión en Tus Clientes

 

Documentos


Cómo Redactar una Carta de Reclamación

Qué es un Poder Notarial y para qué Sirve 

Documentos que Conviene Conservar en Formato Físico 

Qué Es una Copia Compulsada y Cómo y Dónde Solicitarla 

Cómo Firmar un Documento

 

Cómo firmar un documento - Todos somos clientes

 

Empleo


Cómo Hacer Frente al Mobbing 

Cómo Afrontar un Despido 

Motivos para No Utilizar el Correo de Empresa para Uso Particular

Qué Hacer si Te Rechazan Tras una Entrevista de Trabajo

Alertas Rojas en una Oferta de Empleo que No Debes Pasar por Alto

Cómo Evitar Errores en el Trabajo y Cómo Actuar Si Has Cometido Uno

Consejos para Integrarse en un Nuevo Trabajo 

 

Consejos para integrarse en un nuevo trabajo - Todos somos clientes

 

Frases célebres e inspiradoras

 

25 Frases Inspiradoras sobre la Información 

25 Frases Inspiradoras sobre la Verdad 

25 Frases Inspiradoras sobre Confianza y Autoestima 

25 Frases Inspiradoras sobre el Trabajo Bien Hecho 

25 Frases Inspiradoras sobre la Prudencia

25 Frases Inspiradoras sobre la Reflexión 

25 Frases Inspiradoras sobre la Libertad 

25 Frases Inspiradoras sobre la Justicia 

25 Frases Inspiradoras sobre el Entusiasmo 

25 Frases Inspiradoras sobre el Coraje

 

Espero que sigamos coincidiendo en este blog al menos otros 10 años y, sobre todo, que lo hagamos con mucha salud, prosperidad, energía y felicidad.

 

 

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miércoles, 17 de agosto de 2022

¿Cómo Doy de Alta un Centro de Trabajo?

Si tienes un negocio que se desarrolla en un local físico, ya seas empresario o autónomo, hay un trámite que debes realizar sí o sí: dar de alta el centro de trabajo. Y no digo que hay que comunicar ese alta sí o sí de forma caprichosa, porque no hacerlo conlleva que la Administración te ponga una sanción.


En este post encontrarás información útil sobre el alta del centro de trabajo, desde qué se considera como tal a como y dónde se lleva a cabo. Si estás pensando en emprender o ya tienes un negocio y todavía no has dado de alta tu centro de trabajo no te lo puedes perder. 

 

¿Cómo doy de alta un centro de trabajo?

 

Qué se considera centro de trabajo

 

Es un espacio al que los trabajadores tienen que acceder por motivos laborales o en el que deben permanecer y llevar a cabo su actividad, también un lugar en el que se lleva a cabo una construcción o un montaje; una unidad productiva autónoma en otras palabras. Este centro puede esta edificado o no.

 

Cuándo hacerlo

 

Después de haber constituido la sociedad realizado todos los trámites previos

 

Se debe hacer cuando se abre un centro de trabajo por primera vez, pero también cuando se reanuda la actividad después de ampliaciones, renovaciones y transformaciones importantes. 

 

El plazo para comunicarlo es en los 30 días siguientes a la apertura o reanudación de la actividad, aunque también se puede hacer con anterioridad. 

 

Centro de trabajo

 

Dónde se hace

 

En la Comunidad Autónoma que corresponda al centro de trabajo, recurriendo a la unidad que corresponda, que en este caso es la Consejería de Trabajo.

 

En Ceuta y Melilla se ha de presentar ante el Área de Trabajo e Inmigración. 


Quién debe comunicarlo


El empresario, independientemente de la actividad que realice. Pero también deben hacerlo los autónomos si desarrollan su actividad en un local (alquilado o en propiedad), incluso aunque desarrollen su actividad en su propio domicilio. 


Mujer trabajando delante de un portátil

 

Cómo hacerlo

 

Se debe utilizar el modelo formato oficial, tanto de manera presencial como electrónica, que incluirá lo siguiente:

 

Datos de la empresa

 

Nombre o razón social 

Domicilio completo

Correo electrónico

Documento de identificación (NIF para españoles, pasaporte o documento sustitutivo en caso de extranjeros o asilados)

Indicación de si la empresa es de nueva creación o ya existía previamente

Actividad económica 

Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (la mutua de enfermedades comunes y accidentes, para que se me entienda mejor).


Datos del centro de trabajo


Nombre 

Domicilio completo

Número de inscripción en la Seguridad Social

Tipo de centro

Motivo por el que se comunica la actividad

Fecha en la que comenzará o se reanudará dicha actividad

Actividad económica

Número de trabajadores que prestan sus servicio en el centro

Superficie construida del centro expresada en metros cuadrados

Tipo de organización preventiva

En el caso de las obras de construcción, se deben cumplir los requisitos especificados en el artículo 2.2 de la Orden TIN 1071/2010 (puedes encontrar el enlace en el apartado Información de interés).

 

Datos de producción y/o almacenamiento del centro de trabajo

 

Potencia instalada (en kW o CV)

Maquinaria y aparatos instalados 

Si se llevan a cabo trabajos o actividades que se incluyan en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (tienes el enlace más abajo), así como en su caso, la especificación de trabajo, actividades operaciones o agentes incluidos en ese anexo. 

 

Tendrás que presentar tantas comunicaciones como centros de trabajo tenga tu negocio. 

 

Qué documentos te harán falta

 

El formulario oficial.

 

El plan de prevención de riesgos laborales (según la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, que regula la Prevención de Riesgos Laborales). Los autónomos sin empleados a su cargo no necesitan tener un plan de prevención, a excepción de aquellos a los que afecte la normativa sobre actividades profesionales potencialmente peligrosas. Para empresas de menos de 10 trabajadores, el empresario puede asumir las funciones de prevención de riesgos laborales, además de contar con la herramienta gratuita denominada Prevencion10.

 

Proyecto técnico y memoria descriptiva en caso de que las actividades desarrolladas puedan ser consideradas como molestas e insalubres. 

 

Dos personas enfrentadas en una mesa de trabajo con documentación

 

Qué ocurre si no lo comunico


Tanto el hecho de no comunicar a la Autoridad Laboral la apertura del centro de trabajo o reanudación de la actividad como que alguno de los datos proporcionados sea inexacto, puede ser considerada como infracción.


Si la actividad no está calificada como peligrosa, insalubre o nociva por los elementos, procesos, o sustancias que se manipulen, será considerada como infracción leve. En caso contrario será una infracción grave. Puedes informarte más en profundidad en el Real Decreto 5/200, sección 2ª, Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, artículos 11 y 12.

 

¿Y si hay algún error?

 

Si has comunicado la apertura del centro de trabajo o reanudación de la actividad y hay algún error o no se ajusta a los establecido, la autoridad competente se pondrá en contacto contigo para que lo subsanes. Te darán 10 días para hacerlo. Si llega el plazo no lo has regularizado esos defectos, darán la comunicación por no efectuada.  


¿Has dado ya de alta tu centro de trabajo? Espero que con esta guía básica puedas hacerlo con mayor facilidad.


 

Información de interés:

Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención 

Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos


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miércoles, 8 de junio de 2022

Confirming: una Forma de Financiación que Debes Conocer

Si tienes un negocio, la financiación es fundamental. Es una gran verdad que ningún emprendedor o empresario puede perder de vista. Lo ideal sería contar con financiación propia, pero también es necesario recurrir a la ajena en un momento u otro. Y eso no significa endeudarse sin ton ni son, sino garantizar el crecimiento y la rentabilidad cuando sea preciso.

 

Y la financiación ajena puede llevarse a cabo de distintas maneras: pólizas de crédito, préstamos bancarios, líneas de crédito, créditos empresariales, crowdfunding, crowdlending, FFF (Friends, Family and Fools), leasing, renting, factoring, confirming... Y hoy quiero centrarme en el último, el confirming, porque es un medio que te conviene conocer.


¿Te interesa? Pues te invito a que sigas leyendo...

 

Confirming: una forma de financiación que debes conocer

 

Qué es el confirming

 

Es un producto que funciona como manera de financiación del que pueden disponer las empresas.

 

Es importante no confundirlo con el factoring, porque es justo lo contrario. En el caso del factoring, es el proveedor el que recurre a la entidad financiera para que le financie y asegure los pagos de sus deudores. En el del confirming es el cliente el que quiere financiar sus deudas con los proveedores a través de un banco o financiera.

 

La entidad financiera con la que se tiene contratado el confirming gestiona, adelanta el importe de la factura al proveedor y asegura su pago, de modo que puede cobrarla antes de que llegue su fecha de vencimiento, si así lo desea. 

 

En qué consiste

 

El cliente pacta con la entidad financiera el tipo de interés, comisiones y otras condiciones relativas al confirming.

 

El cliente recibe la factura por parte del proveedor.

 

El cliente, envía a la primera las órdenes de pago confirmadas antes de que llegue su vencimiento. La entidad financiera estudia y aprueba el pago.

 

La entidad informa al proveedor del importe y la fecha de pago, siendo éste el que decide qué facturas quiere anticipar y que le adelanten el cobro (implica financiación) o si espera a que llegue su fecha de vencimiento. Esto se hace a través de un contrato-respuesta.


Persona con una calculadora en la mano y documentos de fondo


Quienes están implicados


El cliente, que es el que adquiere productos y servicios a sus proveedores. Este es quien solicita a una entidad financiera esta financiación y que emite el confirming.

 

El proveedor, que es el que recibe el pago por esos productos y servicios, y que puede obtenerlo incluso antes de que llegue su fecha de vencimiento.

 

La entidad financiera, que es la que ofrece el servicio de confirming.


A continuación te detallo cuáles son las ventajas e inconvenientes principales tanto para el proveedor como para el cliente.


El cliente

 

El cliente que ha hecho una compra o contratado un servicio se beneficia, puesto que pueden aplazar el pago de sus facturas.

 

Este sistema permite que el cliente pueda gestionar mejor su circulante.  


Simplifica y abarata la gestión administrativa de los pagos. 

 

Se pueden financiar los pagos a proveedores.

 

Mejora las relaciones comerciales con los proveedores


Dos personas estrechándose la mano


Se mejora la imagen de solvencia económica de la empresa ante los proveedores.

 

El principal inconveniente es el coste, aunque también lo es el hecho de limitar los medios de pago que permitirá la entidad financiera.


El proveedor


Puede cobrar su factura como si fuesen al contado o a su vencimiento, según le convenga en cada momento.


Se evitan los riesgos de impago.


Puede obtener financiación sin tener que recurrir a su línea de crédito.


Al igual que en el caso del cliente, facilita y abarata la gestión de cobros. 

 

La principal desventaja es la del precio de la financiación, que puede ser importante.


Tipos de confirming


Dependiendo de la forma de pago


Simple o estándar: en este caso el abono de las facturas se realiza a su vencimiento.

 

Inversión o pronto pago: el pago de las facturas se hace antes de que llegue su fecha de vencimiento. Cuando vence el plazo, la entidad carga el importe que ha adelantado al proveedor, más comisiones e intereses.

 

Financiación: el cliente paga la factura íntegra al proveedor al vencimiento, pero financia su pago a la entidad en un plazo (por así decirlo, lo retrasa). Llegado ese plazo, la entidad le cobra la cantidad financiada, junto con las comisiones e intereses correspondientes. 


Persona añadiendo monedas a pequeños montones


Dependiendo de la parte de asume el riesgo de impago


Sin recurso: si el cliente no paga, el vendedor o prestador del servicio no asume ningún riesgo en caso de impago.

 

Con recurso: el proveedor se compromete a asumir el pago si produce un impago por parte del cliente.

 

¿Qué opinas del confirming? ¿Piensas que te puede interesar?

 

 

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miércoles, 26 de enero de 2022

Tarjetas de Crédito de Empresa: Ventajas, Inconvenientes y Recomendaciones de Uso

La tarjeta de crédito de empresa es un producto financiero que puede serte útil, tanto si eres un autónomo y has puesto en marcha tu pequeño negocio, como si tienes una empresa con trabajadores a tu cargo.

 

Aunque las tarjetas de crédito son una herramienta potencialmente para cualquier negocio, lo cierto es que es necesario tener toda la información posible antes de contratarlas y utilizarlas.

 

En este post quiero compartir contigo cuáles son las ventajas e inconvenientes de las tarjetas de crédito para empresas, y también algunos consejos para sacarles todo el partido.  


Tarjetas de crédito de empresa: ventajas, inconvenientes y recomendaciones de uso

 

Ventajas

 

Te servirá para controlar y gestionar mejor los gastos de tu empresa

 

Te permitirá mejorar el flujo de caja de tu negocio.

 

Si eres autónomo o tienes una micropyme, te ayudará a mantener separadas las finanzas de tu negocio y las personales. Y eso es importante para tu propia economía, pero también para no tener problemas con Hacienda. Porque si hay dudas acerca de si los gastos personales los presentas como si fuesen de empresa, puedes tener serios problemas. Ojo con ello. 

 

A nivel contable es más cómodo que los pagos se hagan con tarjeta, de hecho en muchos casos los apuntes se pueden descargar en el software de contabilidad.  

 

A nivel fiscal es más fácil justificar las deducciones y desgravaciones que puedan generarse de los gastos de empresa

 

No sólo podrás hacer compras, también podrás hacer pagos de todo tipo, como el de impuestos o tasas.

 

No necesitarás efectivo para pagar muchos de los gastos de tu negocio. Y si tienes directivos o empleados a tu cargo, evitarás tener que entregarles efectivo y luego pedirles que justifiquen los pagos que han realizado. 

 

Las condiciones de las tarjetas de empresa suelen ser más ventajosas que las que se ofrecen a los particulares.

 

Te permitirá diferir los pagos e incluso financiarlos en varios plazos si es necesario. 

 

Si la usas bien, contribuirá a mejorar tu historial de crédito, lo que te podría abrir las puertas a otro tipo de financiación y productos. 

 

Algunas tarjetas ponen a disposición de sus clientes servicios que pueden ser interesantes como ofertas y descuentos, seguros, planes de fidelización, etc.  

 

Persona pagando con tarjeta de crédito

 

Inconvenientes

 

Como en el caso de las tarjetas de uso personal, es necesario usarlas con sentido común. Es fácil excederse con los gastos al no utilizar dinero en efectivo.  

 

Como en todo producto financiero, tendrás que pagar comisiones y gastos.

 

Si no pagas en plazo, te acabará costando caro. A corto plazo, te costarán intereses y gastos muy sustanciosos. A medio y largo plazo, tu historial de crédito se resentirá. 


Tarjetero con tarjetas de crédito


Consejos para sacarles todo el partido


Elige la tarjeta que más te convenga en cuanto a condiciones y servicios. No todas son iguales, por lo que te recomiendo que hagas una comparación meticulosa entre las distintas entidades y que analices la que mejor encaja contigo y con tus necesidades.

 

Puede que te interese tener contratada más de una tarjeta bancaria con diferentes bancos o cajas. En todo caso, valora si los gastos de mantenimiento te compensan. 

 

Ten en cuenta que, en general, para que una entidad te proporcione una tarjeta, tendrás que tener una relación previa. 

 

La entidad financiera te ofrecerá un límite por defecto teniendo en cuenta tu perfil, eso no quiere decir que lo aceptes tal cual. Si te parece excesivo, redúcelo. Si necesitas más, probablemente tengan que hacerte un estudio y puede que, en caso de que te lo concedan, te pongan ciertas condiciones o que reduzcan tu capacidad de endeudamiento en otros productos. 

 

Si no necesitas aplazar los pagos, procura simplemente diferir el pago de todos los gastos al mes siguiente. Tendrás mejor control sobre tu dinero y te ahorrarás comisiones. 

 

Valora si te compensa más pagar los gastos grandes en efectivo, pedir un crédito o aplazarlo con la tarjeta de crédito. En muchas ocasiones financiar pagos importantes te merecerá la pena para no perder liquidez. En ese caso, analiza si los gastos de un crédito son mayores o menores que los de la tarjeta. 

 

Procura no exceder el 50% del límite de tu tarjeta, por tu propia seguridad y porque no está muy bien visto de cara a la entidad.

 

Paga a tiempo los recibos de tu tarjeta de empresa, piensa que tu seriedad a la hora de hacer frente a estos pagos también forma parte de tu historial crediticio. Si ves que te cuesta cumplir con estas obligaciones, quizás te convenga renunciar a la tarjeta antes de que lleguen los retrasos o los impagos y recurrir a otros productos financieros. 


Espero que esta información te sea útil a la hora de contratar y utilizar la tarjeta de crédito en tu negocio.


 

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miércoles, 9 de junio de 2021

Errores que No Debes Cometer con las Facturas

Si nos preguntasen a los autónomos y empresarios qué es lo fundamental en nuestro negocio, probablemente respondiésemos que producir y vender, ya sean bienes o servicios, y por ende la obtención de beneficios. Puede que en segundo lugar posicionásemos la obtención de una buena reputación empresarial a todos los niveles. 

 

Pero no nos podemos olvidar de que hay otras tareas que, aunque no son tan significativas y visibles, son ciertamente fundamentales. Una de ellas es la facturación. Ya sé que es algo engorroso, pero que es vital para tu negocio. Tiene repercusiones realmente importantes. Si no facturas, no cobras. Es una forma de comunicarte con tu cliente y que forma parte de la imagen de tu empresa. Y  por último, y no por ello menos trascendente: tiene repercusiones fiscales. 

 

Por eso es imprescindible facturar, y no sólo eso, hacerlo sin errores. Porque las equivocaciones en las facturas se pagan. Y puede que muy caro.

 

Para que eso no te suceda, a continuación te comento cuáles son los errores que no debes cometer a la hora de facturar.


Errores que no debes cometer con las facturas

 

No facturar. Es obligatorio hacerlo, si no lo haces, puedes tener serios problemas con Hacienda. Por otra parte, tu cliente tiene derecho a tener la factura por el producto que le has vendido o por el servicio que le has prestado. Además, tu cliente no tiene por qué saber cuánto ni cuándo tiene que pagar, especialmente si no la has enviado una factura proforma, por lo que la factura es una manera de recordárselo.  

 

Facturar tarde, o demasiado pronto. Cuanto antes emitas la factura, antes cobrarás. En cualquier caso, en nuestro post Plazos para Emitir y Enviar Tus Facturas encontrarás información básica sobre cuándo facturar.


No poner la fecha de la factura.


Calendario

 

Olvidar consignar el número de la factura. Recuerda que la numeración debe ser correlativa, que pueden existir series separadas si hay razones que lo justifiquen y que el número de la factura debe concordar con las fechas (el orden de las facturas por numeración debe coincidir con el orden de las mismas por fecha de emisión). Procura seguir las recomendaciones para la numeración de facturas de la AEAT.

 

No incluir todos los datos fiscales obligatorios, tanto los del autónomo/empresa como los del cliente. Estos son el NIF, nombre y apellidos, razón o denominación social y domicilio fiscal de ambos.

 

Olvidar informar de las condiciones y la forma de pago de la factura.

 

Que no aparezca la fecha de vencimiento. Si no se indica nada, éste debe hacerse en los 30 días posteriores a la fecha de factura. Es mejor establecer una fecha concreta que poner un vencimiento genérico, porque el cliente puede entender que los 30/60/90 días comienzan a contar desde una fecha diferente de la de la factura. 

 

No poner una coletilla de recordatorio del pago para los clientes que habitualmente se retrasan en el pago.

 

No incluir el número de cuenta cuando el pago deba hacerse mediante transferencia. ¿Cómo van a hacerte el ingreso si no saben dónde hacerlo? Incluso aunque en otras ocasiones tu cliente te haya hecho una transferencia, no tiene porqué sobreentender que en este caso deba hacerlo a la misma cuenta. El hecho de olvidarte de este detalle puede retrasar el pago, así que tenlo en cuenta.  

 

No hacer referencia al número de pedido/encargo en caso de que lo haya. En grandes empresas este dato es fundamental para que se realice el pago. En algunas ocasiones el mero hecho de tener el dato implica que el departamento correspondiente ha autorizado el trabajo y el pago. En otras simplemente deben localizar el departamento al que consultarle si ha de hacerse el pago o no .

 

No identificar ni desglosar los conceptos

 

No aplicar adecuadamente los impuestos. Si no lo haces es muy probable que tengas problemas con Hacienda. Debe figurar el tipo o tipos impositivos aplicables, así como la cuota tributaria. 

 

Calculadora

  

Cargar más gastos de los debidos y/o aquellos que no se hayan pactado con el cliente.

 

Obviar los descuentos y bonificaciones que se hayan convenido con el cliente. 

 

No poner un apartado de observaciones si éstas son realmente necesarias.

 

No cuidar el formato de la factura. Al fin y al cabo, cualquier elemento que tenga que ver con la relación con tus clientes forma parte de tu imagen profesional y/o de marca. Por eso conviene que el formato sea funcional y correcto, pero también que sea estético. Y no te olvides de incluir el logo de tu empresa. Si no lo tienes, procura crear uno para tus documentos comerciales (cartas, sobres, firma de correo electrónico, facturas, albaranes, etc.). 

 

Utilizar facturas anteriores para reescribir otras, porque es muy probable que se arrastren datos antiguos en el documento actual, lo que implica una facturación errónea. Y créeme, eso pasa. 

 

No enviar las facturas. Si las emites, debes remitírselas a su destinatario. Es obligatorio y tu cliente tiene derecho a tener el documento en su poder.  


Mano sosteniendo un sobre delante de fondo azul

 

No remitir la factura al departamento correcto. Esto es importante por dos razones. La primera es tiene que ver con la celeridad con la que se haga el pago. Si no la envías a la persona o departamento que realmente se encargará de tramitar el pago, puede que se traspapele o que se retrase (en ocasiones mucho tiempo). La segunda afecta a la confidencialidad, aunque no lo parezca. Si se ha pedido material o se ha solicitado un servicio, puede no deba ser de conocimiento entre otros empleados o directivos por el motivo que sea. 

 

No emitir un duplicado de la factura si el cliente lo solicita. Aunque únicamente puedes expedir un original de cada factura, sí que tienes que emitir duplicados si hay varios destinatarios del documento o si el cliente pierde el original.

 

No revisar el estado de la factura para evitar la morosidad y los retrasos en los pagos.

 

No guardar la factura, al menos el tiempo requerido por la AEAT.

 

No emitir una factura rectificativa en caso de que haya errores. 


Espero que este post te sea útil y te ayude a no cometer errores en tu facturación.


 

Información de interés:

Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación

Directiva 2010/45/UE, de 13 de julio de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido, en lo que respecta a normas de facturación

Ley morosidad 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales


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La primera vez que apareció el post Errores que No Debes Cometer con las Facturas fue en el blog de Todos Somos Clientes.

 

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