Mostrando entradas con la etiqueta altas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta altas. Mostrar todas las entradas

miércoles, 17 de agosto de 2022

¿Cómo Doy de Alta un Centro de Trabajo?

Si tienes un negocio que se desarrolla en un local físico, ya seas empresario o autónomo, hay un trámite que debes realizar sí o sí: dar de alta el centro de trabajo. Y no digo que hay que comunicar ese alta sí o sí de forma caprichosa, porque no hacerlo conlleva que la Administración te ponga una sanción.


En este post encontrarás información útil sobre el alta del centro de trabajo, desde qué se considera como tal a como y dónde se lleva a cabo. Si estás pensando en emprender o ya tienes un negocio y todavía no has dado de alta tu centro de trabajo no te lo puedes perder. 

 

¿Cómo doy de alta un centro de trabajo?

 

Qué se considera centro de trabajo

 

▣ Es un espacio al que los trabajadores tienen que acceder por motivos laborales o en el que deben permanecer y llevar a cabo su actividad, también un lugar en el que se lleva a cabo una construcción o un montaje; una unidad productiva autónoma en otras palabras. Este centro puede esta edificado o no.

 

Cuándo hacerlo

 

▣ Después de haber constituido la sociedad realizado todos los trámites previos

 

▣ Se debe hacer cuando se abre un centro de trabajo por primera vez, pero también cuando se reanuda la actividad después de ampliaciones, renovaciones y transformaciones importantes. 

 

▣ El plazo para comunicarlo es en los 30 días siguientes a la apertura o reanudación de la actividad, aunque también se puede hacer con anterioridad. 

 

Centro de trabajo

 

Dónde se hace

 

▣ En la Comunidad Autónoma que corresponda al centro de trabajo, recurriendo a la unidad que corresponda, que en este caso es la Consejería de Trabajo.

 

▣ En Ceuta y Melilla se ha de presentar ante el Área de Trabajo e Inmigración. 


Quién debe comunicarlo


▣ El empresario, independientemente de la actividad que realice. Pero también deben hacerlo los autónomos si desarrollan su actividad en un local (alquilado o en propiedad), incluso aunque desarrollen su actividad en su propio domicilio. 


Mujer trabajando delante de un portátil

 

Cómo hacerlo

 

▣ Se debe utilizar el modelo formato oficial, tanto de manera presencial como electrónica, que incluirá lo siguiente:

 

Datos de la empresa

 

▣ Nombre o razón social 

▣ Domicilio completo

▣ Correo electrónico

▣ Documento de identificación (NIF para españoles, pasaporte o documento sustitutivo en caso de extranjeros o asilados)

▣ Indicación de si la empresa es de nueva creación o ya existía previamente

▣ Actividad económica 

▣ Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (la mutua de enfermedades comunes y accidentes, para que se me entienda mejor).


Datos del centro de trabajo


▣ Nombre 

▣ Domicilio completo

▣ Número de inscripción en la Seguridad Social

▣ Tipo de centro

▣ Motivo por el que se comunica la actividad

▣ Fecha en la que comenzará o se reanudará dicha actividad

▣ Actividad económica

▣ Número de trabajadores que prestan sus servicio en el centro

▣ Superficie construida del centro expresada en metros cuadrados

▣ Tipo de organización preventiva

▣ En el caso de las obras de construcción, se deben cumplir los requisitos especificados en el artículo 2.2 de la Orden TIN 1071/2010 (puedes encontrar el enlace en el apartado Información de interés).

 

Datos de producción y/o almacenamiento del centro de trabajo

 

▣ Potencia instalada (en kW o CV)

▣ Maquinaria y aparatos instalados 

▣ Si se llevan a cabo trabajos o actividades que se incluyan en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (tienes el enlace más abajo), así como en su caso, la especificación de trabajo, actividades operaciones o agentes incluidos en ese anexo. 

 

Tendrás que presentar tantas comunicaciones como centros de trabajo tenga tu negocio. 

 

Qué documentos te harán falta

 

▣ El formulario oficial.

 

▣ El plan de prevención de riesgos laborales (según la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, que regula la Prevención de Riesgos Laborales). Los autónomos sin empleados a su cargo no necesitan tener un plan de prevención, a excepción de aquellos a los que afecte la normativa sobre actividades profesionales potencialmente peligrosas. Para empresas de menos de 10 trabajadores, el empresario puede asumir las funciones de prevención de riesgos laborales, además de contar con la herramienta gratuita denominada Prevencion10.

 

▣ Proyecto técnico y memoria descriptiva en caso de que las actividades desarrolladas puedan ser consideradas como molestas e insalubres. 

 

Dos personas enfrentadas en una mesa de trabajo con documentación

 

Qué ocurre si no lo comunico


▣ Tanto el hecho de no comunicar a la Autoridad Laboral la apertura del centro de trabajo o reanudación de la actividad como que alguno de los datos proporcionados sea inexacto, puede ser considerada como infracción.


▣ Si la actividad no está calificada como peligrosa, insalubre o nociva por los elementos, procesos, o sustancias que se manipulen, será considerada como infracción leve. En caso contrario será una infracción grave. Puedes informarte más en profundidad en el Real Decreto 5/200, sección 2ª, Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, artículos 11 y 12.

 

¿Y si hay algún error?

 

▣ Si has comunicado la apertura del centro de trabajo o reanudación de la actividad y hay algún error o no se ajusta a los establecido, la autoridad competente se pondrá en contacto contigo para que lo subsanes. Te darán 10 días para hacerlo. Si llega el plazo no lo has regularizado esos defectos, darán la comunicación por no efectuada.  


¿Has dado ya de alta tu centro de trabajo? Espero que con esta guía básica puedas hacerlo con mayor facilidad.


 

Información de interés:

Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención 

Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos


Post relacionados:

Trámites Administrativos Básicos para un Autónomo 

Formas Jurídicas Unipersonales para Emprendedores

Trámites Necesarios para Constituir una Sociedad Limitada

DUE: Imprescindible para los Emprendedores 

Webs Imprescindibles para Emprendedores y Autónomos

 

La primera vez que apareció el post ¿Cómo Doy de Alta un Centro de Trabajo? fue en el blog de Todos Somos Clientes.

 

Licencia de Creative Commons
¿Cómo doy de alta un centro de trabajo? by 1 de N Tecnologías de la Información - Arancha Moreno is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional License.

miércoles, 20 de octubre de 2021

Cierra (Ya) las Cuentas de Internet que No Usas

Si te pregunto por las cuentas de usuario has abierto en los 5 último años... ¿sabrías decirme cuántas y para qué servicios las has creado? Lo más probable es que no lo sepas. Yo tampoco, la verdad. Y tanto tú como yo estamos cometiendo un error. 


Porque cada cuenta de usuario que creas en Internet implica que estás facilitando información, en muchos casos innecesaria. Y muchas de esas cuentas únicamente las usarás para crearlas, nada más.


Por eso es importante que cierres todas aquellas cuentas de no uses y, sobre todo, que no crees nada más que las necesarias. Acompáñame y te cuento cómo conseguirlo...


Cierra (ya) las cuentas de Internet que no usas


Por qué controlar las cuentas de usuario que creas

 

▣ Sirve para evitar la proliferación de spam.

 

▣ Dejarás de recibir comunicaciones y newsletters que, no siendo spam, no te interesan realmente y que llenan tu bandeja de entrada sin ninguna utilidad.

 

▣ Te ayuda a mantener a salvo tu privacidad, o al menos te será más fácil intentarlo.

 

Hombre mirando por unos binoculares

 

▣ Podrás borrar (al menos en parte) tu huella digital, si es que quieres hacerlo. Recuerda que el olvido en Internet no es total, porque las ramificaciones que puede tener el impacto de los datos personales termina excediendo (mucho) al alcance del proveedor al que se le han facilitado.

 

▣ Si te ha robado tu identidad o se están haciendo pasar por ti en algún servicio podrás minimizar los daños.  


¿Por qué tener cuentas abiertas sin ton ni son no es una buena idea?


▣ Lo que importa no son los datos que un proveedor tiene de ti, sino lo que hacen con ellos. 

 

▣ Tus datos pueden ser tratados y vendidos, con o sin tu autorización. 

 

▣ Ten en cuenta que puede que el proveedor no quiera ni tratar ni compartir tus datos con terceros, pero sí que puede ser hackeado y que terminen en manos de delincuentes y desaprensivos de todo pelaje. 

 

Lo mejor: prevenir

 

▣ Antes de abrir una cuenta en una página o servicio, piénsatelo bien. Como en todo en la vida, menos es más.

 

▣ Lleva un control de las cuentas en las que te des de alta. Puedes preparar un Excel, apuntarlo en una nota en tu portátil o tu smartphone... cualquier método sirve. 

 

▣ Mi consejo es que tengas diferentes direcciones de correo, y una o varias de ellas para darte de alta en los diferentes servicios. De hecho, lo ideal sería que tuvieses una según la jerarquía de la página o servicio en el que la abres: uso profesional o personal, en servicios confiables o potencialmente sospechosos, en páginas que únicamente vas a visitar pocas veces (incluso sólo uno) o en las que vas a entrar de forma habitual...

 

Mujer delante de un portátil

 

▣ Los gestores de contraseñas son realmente útiles, tanto para controlar tus cuentas como para localizarlas si te quieres dar de baja.


Cómo darte de baja

 

▣ A la hora de borrar una cuenta es importante que leas la Política de Privacidad, porque así podrás saber cuál es el protocolo a seguir para hacerlo.

 

▣ Puedes utilizar los buscadores para encontrar las webs en las que sospechas o sabes a ciencia cierta que tienes cuenta abierta para poder acceder a ella y cerrarla. 

 

▣ También es una buena idea utilizar las páginas que se emplean para comprobar si tu correo o tu password han sido comprometidos, como Hackcheck de Avast o Have I Been Pwnd.

 

▣ Account Killer y Just Delete Me. Son herramientas que localizan las cuentas y te dicen cómo borrarlas. 

 

Dispensador de cinta para borrar

 

▣ Si quieres saber la información que guardan los diferentes servicios on-line que usas, puede utilizar el servicio de DataRequest.

 

▣ Si únicamente te acuerdas del correo con el que te has dado de alta, puedes utilizar el buscador del correo utilizando palabras clave que puedan ayudarte a localizar el alta: alta, bienvenido, confirmar email, activar cuenta, suscripción, etc. 

 

▣ Si sabes  el nombre de usuario con el que te diste de alta, puedes utilizarlo para localizarlo en el buscador que utilices habitualmente (o buscadores). Hazlo poniendo el nombre de usuario encerrado entre comillas.

 

▣ Puedes buscar con Knowem o en Namechek tu nombre de usuario. Aunque realmente se suelen usar para comprobar si un nombre de usuario o dominio está libre, también te puede servir para saber dónde se ha utilizado el tuyo. 


Mujer manejando un smartphone

 

▣ Si tienes el email y el usuario, pero no la contraseña, puedes pedir que te envíen un correo que te la recuerde para poder entrar y borrarla. 

 

▣ Si sabes cuál es la cuenta, puedes dirigirte directamente al proveedor para pedirle que la borre (RGPD).


¿Y si no puedes eliminar la cuenta? 

 

▣ Eliminar una cuenta en Internet no es tan fácil como parece, tenlo bien presente. 


Persona borrando Facebook en un smartphone con un lápiz táctil

 

▣ Si no puedes eliminar la cuenta, procura retirar cualquier forma de pago, tarjetas bancarias y cualquier otro dato financiero de tu perfil. 

 

▣ Elimina cualquier dato personal que puedas tener almacenado en la cuenta, así como otras cuentas o servicios vinculados.

 

 ▣ Anonimiza la cuenta cambiando el correo electrónico por otro que no ofrezca ninguna información personal o que se pueda cruzar con otras cuentas o datos. 

 

Lo mejor en cuestión de cuentas de usuario en Internet: practica el minimalismo.

 

 

Post relacionados:

Consejos Básicos para Mantener Tu Privacidad en Internet 

Consejos para Mantener Tu Privacidad en Redes Sociales 

Modo Privado de los Navegadores: Sácale Partido

 

La primera vez que apareció el post Cierra (Ya) las Cuentas de Internet que No Usas fue en el blog de Todos Somos Clientes.

 

Licencia de Creative Commons
Cierra (ya) las cuentas de Internet que no usas by 1 de N Tecnologías de la Información - Arancha Moreno is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional License.