domingo, 7 de julio de 2013

10 Consejos Útiles Para Usar Imágenes en Internet

internetWebs, blogs, tiendas online... cada vez podemos encontrar más soportes donde empresas y particulares pueden enseñar al mundo lo que piensan, lo que saben, lo que hacen o lo que venden. Y, en Internet el contenido es el rey, ya lo sabemos. Y el contenido en Internet es inseparable de las imágenes, también lo sabemos.


Esa necesidad de imágenes para completar nuestros contenidos, no siempre va de la mano de unos recursos para obtenerlas por nuestros propios medios: no hay tiempo ni dinero para contratar a fotógrafos, modelos, directores artísticos, estilistas o grafistas. Y eso lleva a muchos a coger de la Red cualquier imagen que gusta o encaja con el trabajo que pretenden publicar.


fotógrafo
Pues bien, es algo que vulnera los derechos de propiedad intelectual del autor, lo que no sólo puede acarrear problemas legales con sus correspondientes multas; también dice muy poco acerca de la honorabilidad y saber hacer profesional de quien no respeta esos derechos. 


Es importante saber que, aunque la foto o dibujo que se desea usar no esté acompañada del símbolo de copyright o de la expresión "Todos los derechos reservados" o que no indique sus condiciones de uso, por defecto (y por Ley), es propiedad de su autor. Éste podrá ejercer sus derechos sobre la foto en cualquier momento y podrá pedir la retirada inmediata de su imagen (en el mejor de los casos) o incluso una indemnización por haberla usado sin su permiso.


Aquí tienes 10 consejos útiles para no encontrarte con problemas legales y demostrar tu profesionalidad a la hora de usar imágenes en Internet son:


1.- Antes de nada, párate a pensar lo que no te gusta que te hagan a ti y no lo hagas con los demás. Ética y profesionalidad, my friend.


2.- Cerciórate de cuál es la política de uso de la foto o dibujo y si está sujeta a algún tipo de licencia.


señal de prohibido
3.- Si una foto tiene restricciones de uso pero aún así quieres incluirla en tus trabajos, pide permiso expreso al autor. Y, por supuesto, sólo utilízala si te lo concede. Te recomiendo que la autorización la pidas por escrito (email, carta, etc.) y que guardes todas las comunicaciones como garantía. Recuerda que te pueden revocar el permiso en el momento en que lo deseen aunque, puede estar sujeto a indemnizaciones en algunos casos.


4.- Aún así, incluye la autoría de la instantánea o imagen en tu contenido siempre que puedas. A todos nos gusta que nos tengan en cuenta y reconozcan nuestro trabajo.


5.- La práctica habitual de no solicitar permiso expreso es suplida por un "vía: xxxxx", incluyendo (a veces) un enlace a la página de dónde se han sacado las imágenes. Esto, por habitual no se convierte en correcto. Es una mala práctica que puede ocasionarte problemas legales y que te hace aparecer como un pseudoprofesional ante el público.


6.- Una buena fuente para hacerte con imágenes de calidad es recurrir a los distintos portales de fotos gratuitas y/o libres de derechos: Stock.xchng, Morguefile, StockFreeImages y muchos más. Eso sí, debes revisar cada imagen, por si tuviese algún tipo de restricciones... y respetarlas. También conviene, aunque no te lo exijan, poner algún enlace al fotógrafo o al portal, como deferencia por dejarte usar sus fotos.


7.- Debes revisar si las fotos tienen licencia Creative Commons y sus condiciones de uso. Puedes hacerlo en http://search.creativecommons.org/


8.- Si alguna de las fotos que te gustaría usar son lo que se conoce por fotografías huérfanas, es decir, instantáneas de las que es difícil (o imposible) conocer su autoría, podrías usarlas siempre que se acreditase que has buscado a su autor y no lo has logrado y que haya buena fe en el uso de las fotografías. Eso sí, puedes entrar en terreno cenagoso


camara de fotos
9.- También es necesario que tengas en cuenta que, aunque las fotos sean de uso libre, si aparece una marca comercial en la imagen, también debes pedirle permiso para su uso. Una cosa son los derechos del autor de la fotografía y otros los de la marca comercial que aparezca en ella. Si no les gusta tu publicación o consideran que aparecer en ella daña su imagen, te pedirán que la retires o te llevarán a los tribunales sin parpadear apenas (imagina la cobertura legal que tiene una gran multinacional para quitarse de en medio algo así).


10.- Y por último, aunque no por eso menos importante, si en las fotos aparecen personas, ten en cuenta que están sujetas a derechos de imagen. Es decir, el fotógrafo puede ceder el uso de su instantánea al público pero, si el modelo no ha dado su consentimiento expreso para el uso de su imagen y es fácilmente reconocible en la imagen por terceros, puede ejercer sus derechos e impedirte el uso de la foto o pedirte indemnización si considera vulnerada su dignidad. Y aquí no hace falta recurrir a los tribunales con sus tasas e incomodidades, si te denuncian a la Agencia Española de Protección de Datos, tienes una sanción (grande) sí o sí, puesto que la imagen se considera un dato de carácter personal.


Como ejemplo: en otro de mis blogs preparé un post sobre una (supuesta) artesana que hacía trabajos en fieltro. En su bitácora aparecían fotos de trabajos absolutamente encantadores y me apetecía mucho compartirlos con mis lectores, porque eran una solución perfecta para regalar a sus invitados de boda. Pues bien, al poco tiempo me enteré que las fotos no pertenecían a trabajos suyos, sino que los había robado de otras webs haciéndolos pasar por propios. Por supuesto, retiré inmediatamente el post y pedí disculpas a las verdaderas autoras; además de dedicarles un post a cada una, por desagravio y porque son verdaderas artistas. Por suerte para esta joya, ninguna de las afectadas tomó acciones legales, aunque podrían haberlo hecho. Por supuesto, su prestigio y su clientela cayeron por los suelos y creo que ya no trabaja en este sector.


Espero que este post os haya sido de utilidad. ¿Alguna experiencia buena o mala con este espinoso asunto?



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La Propiedad Intelectual
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
Copyright
Creative Commons España

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