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miércoles, 20 de mayo de 2026

Qué Tener en Cuenta Antes de Firmar un Contrato

¿Cuántos contratos has firmado a lo largo de tu vida? Probablemente unos cuantos. De trabajo, al contratar una cuenta o una tarjeta en un banco, al comprar o alquilar un piso... ¿Y cuántas veces lo has hecho con verdadera atención? ¿O quizás has aceptado el documento que te ponían delante sin más? Yo reconozco, y me siento culpable por ello, que sí que he firmado más de uno sin prestar ninguna atención, sobre todo contratos laborales cuando era muy jovencita. Y es un error. Un gran error.

 

Para que tú no los cometas, a continuación te detallo qué tener en cuenta antes de firmar un contrato. No te lo pierdas, porque creo que puede serte de interés.

 

Qué tener en cuenta antes de firmar un contrato

 

Lee el documento en tu totalidad y con detenimiento. Ya sé que es una tarea tediosa y que en muchos casos está repleto de términos áridos y complicados, pero es imprescindible no sólo que lo leas, sino que lo entiendas. Si no comprendes algo o te surgen dudas, consulta con un abogado especializado. Pagar por una consulta legal, compensa, y mucho, porque te puedes ahorrar muchos quebraderos de cabeza en un futuro. 

 

Nunca firmes nada bajo presión ni con prisas, porque las consecuencias pueden ser desagradables.  

 

Comprueba que todos los datos de las partes son correctos: nombres completos, cargos, documentos de identidad de los firmantes, el número de la Seguridad Social (si se trata de contratos de trabajo), el NIF de las sociedades y las direcciones postales. 

 

Confirma la identidad de las personas que van a firmar el contrato. Si tienes dudas, puedes pedir que te muestren el DNI o equivalente. No te conformes únicamente con una fotocopia y en el momento de la firme pide que te muestren el original.

 

Asegúrate de que las personas que firman el documento tienen la capacidad de hacerlo. Para ello puedes solicitar escrituras, poderes notariales, etc. 

 

Entiende cuáles son los derechos y obligaciones que se derivan de la firma del contrato para las partes.  

 

 
 

Verifica el objeto del contrato. Debe quedar claro si se trata de un alquiler, de una compraventa, de una prestación de servicios... 

 

Si se trata de contratos laborales, fíjate en la fecha de inicio (la de incorporación), la duración, la jornada laboral, el salario, la forma de pago, la causa o el convenio.  

 

Revisa la duración del contrato, que es el tiempo en el que estará vigente para las partes. 

 

También te conviene fijarte (y muy bien) en las condiciones de pago: cantidades, plazos, formas de satisfacerlo...

 

Comprueba las cláusulas de rescisión, porque así sabrás qué ocurrirá si alguno finalizáis el contrato antes de tiempo.

 

Verifica también cuáles son las cláusulas de penalización en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes. 

 

Personas revisando un contrato

 

En caso de que haya alguna cláusula que te parezca dudosa, indebida, desigual o abusiva, consulta con un asesor antes de firmarlo. Estás cláusulas se pueden impugnar,  pero llevan tiempo, dinero y disgustos.

 

Cuando firmes un documento, ten en cuenta que deben entregarte una copia firmada también por la otra parte (o partes). Según el tipo de documento, tendrá que haber testigos de la firma o incluso validarse delante de un notario. 

 

Guarda una copia firmada, por si fuese necesario consultarlo o hacerlo valer en un futuro. En algunos casos, puede que tengas que registrarlo, como sucede con los de alquiler. 

 

Lee, analiza y comprende antes de firmar un contrato. Es tu derecho... y también tu obligación.

 

 

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miércoles, 23 de agosto de 2023

Cuándo Exigir un Contrato y Cuándo No Firmarlo

Un contrato es un documento con más importancia de la que muchas personas le otorgan. Al fin y al cabo es un pacto que obliga a las partes a cumplir y respetar ciertas condiciones relacionadas con una prestación (entregar algo, establecer un derecho sobre un bien, hacer o dejar de hacer algo, alquilar un bien, prestar un servicio...). Y si no se respeta lo recogido en ese contrato, habrá consecuencias negativas para ambas partes, pero sobre todo para la incumplidora.


Por eso es muy importante saber cuándo exigir un contrato y cuándo no deberías firmarlo.


Cuándo exigir un contrato y cuándo no firmarlo


Cuándo debes exigir un contrato


Para concretar acuerdos entre dos o más partes. Aunque este tipo de compromiso se puede celebrar verbalmente, siempre es recomendable que todos los datos y condiciones se recojan por escrito.


▣ Para formalizar un compromiso entre dos o más partes, actuando como garantía de que están de acuerdo con lo recogido en el documento en el momento de la rúbrica. 


▣ Para que las partes puedan consultar la información y datos del contrato cuando lo consideren necesario. Esto es imprescindible si se necesita comprobar si se están cumpliendo los compromisos, los plazos de renovación o cancelación, si es de aplicación alguna penalización, etc. 


▣ Cuando haya algún conflicto o controversia entre las partes y sea necesario recurrir al contrato como prueba.


Dos personas estrechándose la mano


Cuando no firmar un contrato


▣ Cuando no se tiene capacidad para firmar el contrato, ya sea como persona física o en representación de una empresa o entidad, o incluso cuando se hace en nombre y representación de otra persona. Por ejemplo, un menor de edad no emancipado o si se está incapacitado, no se puede firmar un contrato. O si no se tienen poderes o atribuciones, no se puede firmar un contrato en nombre de una sociedad.


▣ Si no estás convencido de firmar por el motivo que sea, no lo hagas. El instinto a veces es más sabio que la razón, porque puede detectar detalles que se nos escapan de forma consciente y que hacen saltar nuestras alarmas sin saber bien porqué. Si tienes dudas, es mejor que revises el contrato y que madures la decisión antes de comprometerte. 


▣ Si la otra parte no es fiable. Por ello es importante investigar, al menos de forma superficial, quién es la empresa o persona con la que nos vamos a comprometer en un contrato. Desde googlearles hasta pedir informes de solvencia, cualquier medida es útil, por pequeña que sea. 


▣ Cuando te presentan un contrato para que lo firmes sin previo aviso. Lo lógico es que te hagan llegar el documento con tiempo para que lo revises. 


▣ En caso de que no puedas leer el documento con tranquilidad, comprobando que los datos sean correctos y cuáles son las condiciones de contratación.


Hombre leyendo un contrato


▣ Cuando no te permitan consultar con un experto o con alguien de tu confianza para que revise el documento. En contratos muy sencillos y que no tengan demasiada importancia, puedes arriesgarte a decidir por ti mismo si firmas o no, pero en documentos relevantes, mi consejo es que consultes siempre con un especialista. 


▣ Si te apremian para firmar el contrato, sobre todo si no hay una razón de peso, porque detrás suele haber la intención de que no prestes atención al documento. El hecho de que tengan otra cita en pocos minutos o que deban marcharse por cualquier motivo, no debería ser un pretexto para urgirte a firmar. Si no hay tiempo hoy, siempre podrás hacerlo mañana. 


▣ Lo mismo sucede si quieren distraerte con cualquier excusa para que no te centres en el contrato y que firmes sin leerlo detenidamente. Puede ser que la otra parte u otra persona que esté en la sala no deje de hablar, que no cesen de hacerte preguntas intrascendentes, que no dejen de entrar y salir de la estancia... Si sucede esto, no te dejes llevar por la distracción, enfócate en el documento y toma la decisión de firmar o no hacerlo de forma consciente.  


Dos personas con un contrato entre ambos


▣ Cuando tienes objeciones a alguno de los puntos recogidos en el documento y pides explicaciones o solicitas cambios, y hacen caso omiso de tu petición. En algunos casos puede que se nieguen sin darte motivos razonables, en otros te irán dando largas y en otros incluso te amenazarán para que firmes tal cual está redactado en documento o que asumas las consecuencias. 


▣ Si no es un contrato por duplicado. Tanto tú como la contraparte debéis tener una copia firmada por ambos del documento. Si no te la van a entregar, no firmes. 


▣ En caso de que únicamente esté firmado por ti. El contrato tiene que estar rubricado por ambas partes, en caso contrario el único obligado eres tú. 


Espero que esta información te haya sido útil. Aunque, ante cualquier duda sobre los contratos, consulta con un profesional del derecho, porque te ahorrarás muchos problemas.



Información de de interés:

Código Civil


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Cómo Evitar que Te Falsifiquen la Firma


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miércoles, 18 de enero de 2023

Cómo Evitar que Te Falsifiquen la Firma

Aunque las firmas digitales y las identificaciones biométricas o a través de passwords o de PIN son cada vez más frecuentes, lo cierto es que la firma manuscrita sigue siendo una forma de dar testimonio de su aceptación o consentimiento en muchas transacciones de tipo legal, administrativo o financiero. 

 

Y es que las firmas manuscritas no están obsoletas, al menos no todavía. Seguro que has tenido que estampar tu firma física en varias ocasiones en los últimos meses. Contratos de trabajo o de compraventa, autorizaciones, declaraciones ante empresas u organismos oficiales, renovación del DNI, apertura de una cuenta bancaria o a la hora de pedir una tarjeta, contratar un préstamo, firmar un cheque o hacer una entrega de efectivo en la caja del banco o aceptar la recepción de mercancía son sólo algunos de los trámites en los que probablemente has tenido que firmar de tu puño y letra. 

 

Lo cierto es que firmar un documento de forma manuscrita (o incluso en un dispositivo móvil) es algo muy cómodo. Únicamente necesitas tu mano y un elemento que te sirva para escribir. No requieres de certificado ni DNI electrónicos, no te hace falta hardware ni software (salvo que firmes en un smartphone o una tablet) ni necesitas conexión a Internet. 

 

Pero también es verdad que falsificar una firma es posible, con todo lo que ello conlleva. Aunque siempre existe la posibilidad de que un experto analice la firma para comprobar si es legítima o está falsificada, eso implica molestias, tiempo y un gasto. 

 

En este post quiero darte algunas claves para evitar que falsifiquen tu firma, o al menos que se lo pongas difícil a un posible estafador, y también algunos consejos para que otros no la utilicen de forma indebida. 

 

Cómo evitar que te falsifiquen la firma

 

Consejos básicos para evitar que usen tu firma de forma indebida

 

No firmes nada que no sea realmente necesario. Si tu rúbrica está accesible para cualquiera, será más fácil que la puedan utilizar de forma indebida. 

 

Lee cuidadosamente cualquier documento que te presenten a la firma. Si no estás de acuerdo con algo o hay alguna irregularidad, pide que se modifique antes de firmarlo. Piensa que con tu autógrafo autorizas o te comprometes a todo lo que se detalle en el escrito. 

 

Si lo que debes firmar es un documento realmente importante, pide que lo revise un abogado y te asesore al respecto.

 

Crea una firma diferente para utilizarla en situaciones no formales ni que requieran de tu consentimiento o aceptación legal, como en la tarjeta de cumpleaños de un amigo, por ejemplo.  

 

También puedes crear una firma abreviada o visé para utilizarla en documentos que tengan poco valor o relevancia. 

 

Además de la firma en el final del texto, no te olvides de hacer una firma abreviada, media firma o visé en todas las páginas de los documentos importantes. 

 

Persona firmando un documento

 

No dejes mucho espacio entre el final del texto y tu rúbrica, de esa forma no podrán añadir nada a posteriori sin tu conocimiento.  

 

Nunca firmes un documento en blanco, incluso aunque te lo presente alguien de tu entera confianza. Puede que ese documento se pierda o caiga en malas manos, lo que te podría poner en un serio aprieto.

 

Presta atención a quien tienes cerca cuando vayas a estampar tu rúbrica en un escrito. Si hay alguien especialmente interesado en cómo lo haces, puede que esté analizando cómo la trazas para luego intentar falsificarla.

 

Si tienes la sospecha de que han falsificado tu firma en un documento, denúncialo y contacta con un abogado y/o con un especialista que pueda analizarla.


Detalles que ayudan a que la firma sea más difícil de copiar


Cuanto más compleja sea la firma, más difícil es de copiar.

 

Cuantos más trazos e intersecciones de líneas tenga la rúbrica, más segura será. 

 

Los trazos de letras que no siguen una dirección predecible crean problemas a los falsificadores. Te pongo un ejemplo: trazar una S de abajo hacia arriba, no es lo habitual. 


Firmas, pluma y modelos

 

Los elementos que no son legibles se replican peor. Las firmas que se descifran muy bien se falsifican mejor. 

 

Las firmas que se trazan más rápidamente y con mayor fluidez se copian peor. 

 

Procura que tu firma sea similar cada vez que la traces, eso no significa que tengas que hacer todas y cada una de ellas calcadas, pero sí que sean reconocibles como tuyas.


Espero que estos consejos te sean útiles a la hora de evitar la falsificación o el uso inadecuado de tu firma.



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miércoles, 7 de diciembre de 2022

Cómo Firmar un Documento

Hay algo que todos y cada uno de nosotros debemos hacer en algún momento: firmar documentos. Renovar el documento de identidad, abrir una cuenta en un banco, firmar un contrato laboral, presentar un documento en la Administración o recibir un paquete en una oficina de Correos requieren de nuestra firma.


Y hay muchas más firmas con las que hacernos responsables de un documento de la que parece. Por eso en este post te comento cómo firmar un documento de forma manuscrita, digitalizada y digital.

 

Cómo firmar un documento

 

Firma manuscrita

 

Qué es

 

Una firma manuscrita es aquella que alguien realiza a mano sobre un papel u otro tipo de soporte similar.

 

Tipos de firmas manuscritas

 

Autógrafa u ológrafa. Es la que hace alguien de su puño y letra en un papel.

 

Firma completa. Es la compuesta por el nombre, uno o dos apellidos y una rúbrica

 

Media firma. Es parecida a la firma completa, pero de manera más simple y abreviada.

 

Visé o firma abreviada. Es una firma simplificada, iniciales, un trazo simple o incluso un garabato; más o menos complejas según la persona.

 

Persona firmando documentos

 

Cómo organizar y realizar una firma manuscrita


La antefirma es el cargo o el tratamiento de la persona que firma el documento. Se ubica antes de de la rúbrica, de ahí su nombre. Aunque también se puede indicar el cargo tras el nombre y después de la firma, siendo esta opción la que prefiero personalmente.

 

Lo habitual es que la firma se coloque antes del nombre, especialmente si se escribe el término Firmado por: o por Fdo.: que es su abreviatura.

 

Es recomendable firmar los documentos de forma manuscrita con tinta de un color diferente al de la impresión del documento, preferentemente azul. Si el texto está impreso en negro y la firma también tiene ese color, puede ponerse en duda que sea manuscrita.

 

Algunos consejos respecto a las firmas manuscritas

 

No se debe firmar nunca suplantando a otra persona. Si no puede rubricar el documento por la razón que sea, se debe firmar por orden (P.O.) o por ausencia (P.A.)., siempre con autorización expresa de quien se responsabiliza del escrito. Y en este caso la persona que firme por orden o por ausencia, nunca debe imitar la rúbrica de la otra persona, sino la suya propia. Este tipo de prácticas debe realizarse únicamente en documentos de poca importancia o que no puedan tener repercusiones legales, puesto que para que esa firma tenga plena validez, tendría que estar respaldada por un poder notarial o judicial. 

 

Si el documento tiene varias páginas, especialmente en el caso de los contratos y otros documentos de cierta relevancia, es necesario firmar al final del documento, pero también hacer un visé o firma abreviada en todas las páginas. Esto garantiza la integridad de todas y cada una de las hojas. En caso de que se trata de impresión a doble cara, se podría firmar una única cara y con eso sería suficiente, pero si te quieres curar en salud, haz un visé en todas y cada una de las caras con impresión. 

 

Si se firma un documento en nombre de una empresa u organismo o si se trata de un profesional colegiado, se debe añadir el sello correspondiente. 

 

Evita firmar aquello que no sea imprescindible. Una firma te obliga y cuanto más circule, más fácil es que alguien la pueda falsificar. 

 

Nunca firmes un documento en blanco. Incluso si te lo pide alguien de tu entera confianza, la hoja firmada puede caer en malas manos y verte en un serio problema sin apenas darte cuenta. 

 

Estampa la firma lo más cerca posible del texto, así evitarás que puedan añadir más texto a posteriori. Ya sé que es algo que suena paranoico, pero siempre es mejor prevenir. 

 

Procura que tu firma sea lo más completa y compleja posible, así será más difícil de replicar.  


Firmas

 

Firma digitalizada

 

Es la firma escrita de forma manual, pero digitalizada para convertirla en una imagen, que puede ser integrada en cualquier documento.

 

Este tipo de firma no garantiza la identidad del que firma, todavía menos que se se hace forma manuscrita en un documento en papel, puesto que cualquiera que tenga acceso a la firma la puede utilizar.

 

Firma digital

 

Qué es 

 

Se trata de un conjunto de datos electrónicos asociados o que acompañan a un documento en formato también electrónico. Permiten identificar a la persona que firma de manera inequívoca, garantizar la integridad del documento (que sea idéntico al original y que no se haya modificado o manipulado) y asegurar que el documento firmado no puede ser repudiado (al considerarse que el documento es igual al original y que la firma se ha realizado de forma efectiva por quien dice haberlo hecho). 

 

La firma digital y la electrónica se usan de forma equivalente, cuando realmente no lo son. Una firma electrónica es cualquiera que utiliza medios electrónicos para firmar un documento, mientras que una firma digital es una electrónica que emplea unas características técnicas concretas que cumplen con determinados estándares legales.

 

Tipos de firma electrónica

 

Simple (SES). Es la más básica de todas. Puede funcionar simplemente con un código de acceso único (un PIN) que se le hace llegar al firmante o marcando una casilla. La validez legal de este tipo de firmas es limitada, puesto que la identificación no es realmente inequívoca.

 

Avanzada (AES). Identifica de forma inequívoca al firmante y garantiza la integridad del documento firmado. Su validez legal es casi completa, puesto que se identifica de manera inequívoca al firmante y se garantiza la integridad del documento.

 

Cualificada o reconocida (QES). Es realmente una firma avanzada, pero que se crea con una dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que requiere de un certificado cualificado de firma electrónica. Es la firma con el nivel superior de validez legal por la seguridad que ofrece. Es el tipo de firma que se suele emplear en trámites con las Administracones Públicas.

 

Qué es necesario

 

Lo primero que debes hacer es contar con un certificado o con un DNI electrónico. Ambos cuentan con unas claves criptográficas que identifican de forma inequívoca a su propietario y que son imprescindibles para firmar. Deben estar emitidor siempre por Proveedores de Servicios de Certificación para que sean aceptados.

 

También debes utilizar una herramienta o aplicación de firma electrónica avanzada o cualificada, en caso de que quieras firmar documentos no oficiales. Este tipo de herramientas te las tendrás que descargar en tu dispositivo.

 

En algunos casos podrás firmar directamente en Internet, sobre todo en el caso de documentos relacionados con al Administración Pública.

 

Hablando de la Administración Pública, debes tener en cuenta que se requiere siempre un certificado electrónico que sea reconocido por Cada Administración para utilizar sus Sistemas de Firma Electrónica Avanzada. Así que debes averiguar previamente qué certificados reconocen antes de firmar, porque puede que tengas que obtener más de uno para realizar tus trámites con las AA.PP.

 

Ojo que no todos los equipos ni todos los navegadores son apropiados para ciertas herramientas de firma electrónica, así que lee cuidadosamente las condiciones que requiere la aplicación. 


Cómo funciona


Se utiliza la herramienta de firma digital sobre el documento que se desea firmar, utilizando el certificado electrónico para acreditar quién está firmando.


La aplicación crea un resumen del documento y lo codifica, creando otro documento resultante denominado firma electrónica. Conserva este documento, porque será el que te sirva como justificante. Incluye un código CSV (Código Seguro de Verificación), que permite cotejar una copia impresa con el documento electrónico original que se ha firmado.

 

Firma digital

 

Algunos consejos respecto a las firmas digitales

 

No apuntes la clave de acceso en ningún lugar accesible de forma física o digital.

 

No entregues las claves de acceso a otra persona, ni tampoco permitas que se instale tus certificados en sus equipos. Nadie debería firmar por ti, ni siquiera tu gestor. Un gestor o asesor fiscal puede presentar y firmar documentos en tu nombre ante la Administración empleando su propio certificado. 

 

Ten muchísimo cuidado a la hora de obtener los certificados digitales, porque hay sitios web que se hacen pasar por las páginas oficiales de los emisores. Comprueba que estás solicitando tu certificado en la página adecuada. 

 

Los certificados tienen caducidad, así que tendrás que estar pendiente de renovarlo cuando corresponda.

 

Lee cuidadosamente cada documento que firmes. Que se vaya a utilizar una herramienta segura para firmarlo, no significa que el contenido sea fiable o exacto. 

 

Acuérdate de almacenar los documentos firmados de forma segura, pero también accesible para ti. Puede que tengas que recuperarlos para hacerlos valer en algún momento.


Firma lo que necesites, pero hazlo siempre con seguridad.



Información de interés: 

Reglamento eIDAS (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Diretiva 1999/93/CE

Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza


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