miércoles, 16 de septiembre de 2020

Derechos a la Hora de Pagar con Tarjeta en un Comercio

¿Te has preguntado alguna vez si en un comercio te pueden negar la posibilidad de pagar tu compra con tarjeta? ¿O si pueden exigirte un pago mínimo para que puedas utilizar ese medio de pago? ¿Incluso si te pueden cobrar un extra por ello?

 

Lo cierto es que los consumidores todavía no tenemos muy claro cuáles son nuestros derechos a la hora de pagar con tarjeta en un establecimiento físico. Si quieres conocer esos derechos de una vez por todas, acompáñame...


Derechos a la hora de pagar con tarjeta en un comercio

Medios de pago que puede aceptar el comercio

 

El propietario del establecimiento no puede prohibir sin más el uso de los medios de pago que tenga habilitados. Es decir, si permite el pago con tarjeta habitualmente e informa de ello en la puerta de su comercio, no puede impedir que lo haga un cliente si cumple con todos los requisitos. Puede establecer excepciones y limitaciones, pero debe informar de forma visible y concreta a los consumidores. Es decir, puede restringir determinado tipo de tarjetas o poner una cantidad mínima para pagar con ellas.

 

Los establecimientos no están obligados a ofrecer la posibilidad de pagar con tarjeta. Las únicas excepciones son las de algunos sectores regulados, como el taxi en ciertas ciudades. 

 

Los medios alternativos al dinero en efectivo que se acepten como pago deben comunicarse al cliente en un lugar visible del local.  


Importes

 

Si el importe es inferior a 30 euros, podrán exigirte que el pago sea en cash.

 

Pero si el importe a pagar es mayor de 30 euros sí que estarán obligados a permitir que puedas abonarlo por otro medio que no sea el efectivo. Estas formas de pago podrán ser: una app o tarjeta. En la práctica, si una tienda quiere que se le pague únicamente con efectivo, sólo tendrá que establecer otros medios que no usen sus clientes de forma habitual, como por ejemplo el pago con bitcoins. 

 

Aplicación de pago

 

Si el importe a pagar es igual o superior a 2.500 euros (o su equivalente en moneda extranjera) y la transacción se da entre empresas/profesionales o entre profesionales/empresas y particulares, no se podrá pagar en efectivo. Y, ojo, si la cantidad es mayor de los 2.500 euros, Hacienda tampoco permite hacer pagos fraccionados de esa cantidad. Es decir, si el precio total asciende a 3.000 euros, no se pueden hacer dos pagos de 1.500 euros en efectivo (sí se podría hacer uno en dinero y otro mediante tarjeta, por ejemplo). Lo que sí sería legal es hacer pagos iguales o superiores a 2.500 euros entre particulares o si se hacen con entidades financieras.

 

Y si la cantidad es igual o superior a 15.000 euros (o su equivalente en moneda extranjera) y eres un particular (persona física) y no tienes domicilio fiscal en España, tampoco podrás pagar en efectivo. 

 

Límites

 

La tienda puede fijar la cantidad mínima para aceptar los pagos con tarjeta. Su única obligación es informar de ello de manera accesible y clara en el establecimiento. 

 

En caso de que el establecimiento no tenga ningún cartel o indicación en la que se informa de esa cantidad mínima, el cliente podrá pagar cualquier cantidad con tarjeta.  

 

Pago con tarjeta en un establecimiento

Otros derechos

 

Cuando el comercio acepta el pago con tarjeta de crédito durante el resto del año, no puede dejar de hacerlo en período de rebajas

 

No pueden cobrarte ningún recargo por el hecho de pagar con tarjeta. En ningún caso. Si lo hacen puedes poner una denuncia ante Consumo. 

 

Si el establecimiento tiene algún problema para pagar con tarjeta, como por ejemplo falta de conexión o una avería en el TPV, debe indicarlo de forma accesible y clara, para que el consumidor tenga constancia de ello antes de hacer la compra. 

 

Estás en tu derecho de comprobar el importe que el dependiente haya marcado en el TPV antes de pasar tu tarjeta

 

Estás también en tu derecho de que te entreguen el justificante del pago con tarjeta en papel. De esa forma podrás comprobar el importe que te han cargado y lo tendrás en tu poder en caso de que haya algún problema. 


Espero que esta información te haya sido de ayuda y que puedas ejercer mejor tus derechos como consumidor.


 

Información de interés:

Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera

Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del consejo de 25 de noviembre de 2015 sobre servicios de pago en el mercado interior 

Código de Comercio

 

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La primera vez que apareció el post Derechos a la Hora de Pagar con Tarjeta en un Comercio fue en el blog de Todos Somos Clientes.


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