martes, 8 de enero de 2013

Derechos del Paciente: Ejércelos

Los pacientes tienen derechos y también obligaciones
Los pacientes también somos clientes, por lo que también contamos con una serie de derechos que debemos hacer valer siempre, tanto en la asistencia sanitaria pública como privada. Más aún teniendo en cuenta que estos derechos están amparados por la Ley.

  
Es muy habitual que el paciente maltratado calle y piense que, como es lo habitual, es mejor dejarlo estar. Y no debemos consentirlo. Aunque sea incómodo, es necesario que hagamos valer nuestros derechos y reclamemos cuando la asistencia sanitaria los vulnere.


El que el médico no nos informe de nuestro estado o de nuestro tratamiento o, peor aún,  que lo haga con una terminología incomprensible, es inadmisible; por muy frecuente que sea esta actitud. Que, mientras nos están haciendo una revisión ginecológica, entren en la consulta dos médicos y tres auxiliares a charlar o a preguntarle algo al médico que nada tiene que ver contigo, no se debe consentir. Si no reclamamos ante una mala atención, estaremos ayudando a perpetuar un sistema sanitario deficiente y poco respetuoso con el paciente. Y la sanidad en España, tanto la pública como la privada, nos cuesta mucho dinero a los ciudadanos; así que no debemos conformarnos con una atención de mala calidad.


En resumidas cuentas, al igual que los pacientes tenemos una serie de obligaciones recogidas en el Artículo 11 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril, los centros y profesionales sanitarios también deben cumplir con las suyas.


Algunos de nuestros derechos como pacientes son:


  • Derecho a una asistencia médica adecuada.
  • Derecho a recibir una información veraz, clara y comprensible sobre tu enfermedad y tratamiento.
    El paciente tiene derechos que debe hacer valer, por él, por todos
  • Derecho al acceso a tu historia clínica.
  • Derecho a tu intimidad y confidencialidad.
  • Derecho a decidir sobre tu propia salud y a pedir una segunda opinión.
  • Derecho a que tu voluntad sea respetada, incluso si te niegas al tratamiento.
  • Derecho a reclamar  y a ser atendido cuando no haya habido una buena atención médica.


Si quieres conocer todos tus derechos, puedes consultar el Artículo 10 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril y, si te tratan en un centro privado, además puedes consultar su carta de derechos y deberes del paciente, como la que tiene la Clínica Rúber.


En caso de que debas reclamar puedes hacerlo primero en el centro sanitario, ante el defensor del paciente o ante la Administración. También puedes recurrir a los tribunales, al Defensor del Pueblo y a las distintas asociaciones de defensa del paciente que existen en nuestro país.


Tu salud es muy importante... y cuesta mucho, si no te atienden correctamente, reclama. Es tu derecho. Es tu obligación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Estamos encantados de que nos dejes tus aportaciones, porque tu opinión es importante para nosotros. Sólo te pedimos que, por favor, no publiques links ni contenidos publicitarios de ningún tipo, porque estos no serán publicados. Si deseas anunciarte, contacta con nosotros previamente. Gracias.