Los datos personales y la nube: un asunto complejo |
Como autónomo o empresario debes cumplir esta ley, además de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), en caso de que existan comunicaciones o comercio electrónico, o sea, para todos los que desarrollamos una actividad profesional en el siglo XXI.
Y este cumplimiento es obligatorio, aunque tus datos anden "por las nubes".
Y, como cedente de tus datos personales, también debes saber que la empresa o autónomo a quien se los cedas debe cumplir esta legislación, aunque contrate un servicio de cloud computing. La seguridad de tu información personal depende de ello.
A continuación te daré unas cuantas claves para que no te lleves más de un disgusto.
Antes de subir la información a la nube
Debes valorar qué datos personales de tus contactos puedes subir y cuáles no. Piensa que tú no tienes el control absoluto sobre esa información y su tratamiento y, a veces, es mejor no ceder esos datos a un tercero para garantizar su integridad.
Valora qué tipo de nube que interesa contratar:
- Pública. Presta servicio a particulares y empresas, de forma abierta y con una relación regulada por un contrato de prestación de servicio.
- Privada. No se presta servicio a terceros, sólo a la entidad que la gestiona. De tal forma que esa entidad tiene el control total sobre la nube.
- Híbrida. En este tipo de cloud computing unos servicios se prestan de forma pública y otros de manera privada.
Precios
Contrasta precios y condiciones de varios proveedores antes de contratar. No te dejes llevar sólo por los cantos de sirena del precio y céntrate sobre todo en la seguridad.
Seguridad del servicio prestado
Ten en cuenta que tú eres el responsable el fichero y es una obligación que no se cede al contratar a un proveedor de cloud computing. Este será en encargado del tratamiento de los datos, pero no será responsable en caso de problemas con esa información.
Verifica las condiciones del servicio: es tu responsabilidad |
Debemos requerir información real, precisa y completa de cómo se va a llevar a cabo el tratamiento de los datos que subimos a la nube por parte del proveedor.
El proveedor te debe informar de cualquier incidencia relacionada con tus datos y de cómo la ha solventado.
Puedes exigir la comprobación de las medidas de seguridad del proveedor. También es posible que las audite un tercero si llegáis a un acuerdo.
Puedes exigir también que el proveedor te garantice su certificación de seguridad.
Subcontrataciones
Averigua si subcontrata en todo o en parte alguno de los procesos. En caso afirmativo el proveedor deberá exigir a la empresa subcontratada todas las medidas y garantías de seguridad.
Recuperación de los datos
Piensa que, aunque no deberías ser así, no siempre es fácil que el proveedor de cloud computing te facilite los datos personales que tú le has confiado y que obran en su poder. Bien porque no te los dan, bien porque el formato en el que te los entrega no te es útil para su proceso. Por ello es necesario conocer previamente cómo se llevará a cabo la entrega de esos datos en caso de que los requieras. Y que figure por escrito, claro.
Cancelación del servicio
Es necesario que nos informen de las condiciones de cancelación del servicio, en cuanto a cómo se llevará a cabo el retorno de los datos, del protocolo para el borrado de los mismos, de si se devolverá el control íntegro sobre esa información, etc.
Ubicación de los servidores
¿Dónde está ubicada la información? |
- En España la legislación aplicable es la LOPD.
- En el espacio europeo las garantías son las mismas que en nuestro país, de tal modo que no hace falta informar al titular de los datos del traspaso internacional de su información personal.
- Pero, y siempre hay un pero, cuando se trata de países de fuera del espacio europeo la cosa cambia y las garantías están en entredicho. Dependerán de la legislación de cada país y de si el proveedor está en condiciones de proporcionar garantías jurídicas suficientes. Por ejemplo, en EE.UU. las autoridades pueden exigir el acceso a los datos de ciudadanos extranjeros que obren en poder el proveedor, incluso cuando se declaran puerto seguro (safe harbor). Por no hablar de las dificultades que encuentra la Administración española en caso de problemas jurídicos con el proveedor.
El contrato
La relación entre la persona o empresa que requiere el hosting de datos y su proveedor se debe regular mediante un contrato.
Los contratos pueden ser negociados o de adhesión.
- En los contratos negociados, el cliente puede negociar cláusulas de seguridad para sus datos específicas para sus necesidades.
- En los contratos de adhesión, el contrato es igual para todos los clientes y no es posible que puedan establecerse condiciones específicas de ningún tipo.
Es necesario saber que, aunque se firme un contrato de prestación de servicios, el responsable último de los datos personales es el cliente que sube esa información a la nube; tanto ante el titular de los datos como ante la Ley.
Como cliente
Tus datos deben estar seguros, incluso en la nube. |
Información de interés:
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).
Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
Guía para Clientes que Contraten Servicios de Cloud Computing AEPD.
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