miércoles, 10 de abril de 2019

Entiende la Factura de la Luz... de una Vez por Todas

No te voy a preguntar por tu opinión acerca de lo que pagas a fin de mes por la electricidad, porque me puedo imaginar que es muy parecida a la de la inmensa mayoría de los consumidores, incluida la mía.


Lo cierto es que la factura de la luz es cada vez más abultada, incluso aunque cada vez procures consumir menos, algo incomprensible para casi todos los ciudadanos de a pie. Y esa confusión se acrecienta al no entenderla por mucho que se intente. Todos recibimos facturas con frecuencia y se comprenden perfectamente. Sabemos el concepto por el que vamos a pagar, los descuentos, los impuesto y el total que tenemos de desembolsar. No hay dudas. Pero en el caso de la de la electricidad no hay quien se aclare, lo que deja siempre la duda de que la haya generado un trilero que nos quiere estafar.


Como no puedo aclararte el motivo por el que ese trilero (o trileros) te cobra cada día más por el suministro eléctrico, al menos quiero compensarte intentando explicarte los conceptos y estructura de la factura de la electricidad.


Pues nada... ¡Hágase la luz!


Entiende la factura de la luz... de una vez por todas


Mercados


Mercado regulado


Las tarifas que se cobran en el mercado regulado están marcadas por el Gobierno y es condición imprescindible que se tenga un contador inteligente. Lo verás en el contrato identificado como PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor). La facturación es mensual y la estructura de la factura es igual para todas las compañías.


Mercado libre


En el mercado libre las tarifas las fija de forma autónoma cada compañía. La facturación dependerá de los acuerdos a los que se haya llegado con la comercializadora y la estructura de la factura será libre, siempre que incluya unos contenidos mínimos.


¿A quién se le paga?


A dos empresas diferentes, a la distribuidora de la electricidad y a la comercializadora de la misma. Aunque la que emite la factura propiamente dicha es la comercializadora y también la cobra.


Tendido eléctrico


Qué conceptos se pagan


Potencia


La potencia que contratas es la capacidad que tiene tu instalación para tener varios aparatos conectados a ella al mismo tiempo. Es decir, a más potencia, más electrodomésticos, iluminación y dispositivos podrás tener funcionando a la vez. Seguro que alguna vez has conectado más aparatos de la cuenta al suministro y te ha saltado el automático, y eso te ha sucedido porque no había potencia suficiente para darle servicio a todos ellos.


La diferencia entre una potencia mayor o menor tiene su repercusión en el precio que pagarás en cada factura, por lo que conviene que calcules la que necesitarás en tu caso. En un domicilio particular, lo habitual es contratar entre 3.3 y 4.6 kW. Si contratas por debajo de los 3 kW puedes pedir el bono social. Y si necesitas más de 10 kW, ya no podrás pedir la tarifa PVPC del mercado regulado y tendrás que recurrir a otras opciones.


Ten en cuenta que pagarás por la potencia contratada incluso aunque no consumas electricidad, por lo que es un gasto fijo.


Dentro de la potencia, también se incluye el peaje o tarifa de acceso

El precio del peaje lo fija el Gobierno, en concepto de uso de las redes de transporte y distribución de la electricidad, además de otros costes también regulados.


El importe dependerá de la potencia que hayas contratado y de si tienes discriminación horaria o no.


Para calcular la facturación por la potencia contratada se toman tanto el peaje como el margen de comercialización. Se calcula multiplicando los kW que hayas contratado, por el precio del kW y por los días que se han facturado.


Consumo


Esto sí que es lo que realmente has consumido en el período de facturación y que se paga por cada kW que hayas consumido.


Se calcula multiplicando los kWh consumidos por el precio del Kwh.


Ten en cuenta que si tienes equipos de telemedida y telegestión la lectura del contador se hará de forma mensual, si no los tienes, la distribuidora hará lecturas bimensual. Si por lo que sea no se ha podido realizar la lectura del contador, te facturarán teniendo en cuenta una estimación de consumo que hará la compañía. Al finalizar el año, si han hecho una estimación de consumo en alguna lectura, la regularizarán tanto si es a tu favor o en tu contra. 


Por cierto, debes saber que el consumo únicamente representa una parte del total de lo que pagas, que ronda el 35%.


Bombillas


Impuesto sobre la electricidad


Es un impuesto que se paga consumas o no electricidad y que está regulado por el Gobierno. Y, por cierto, no tiene nada que ver con el IVA. Se aplica sobre la potencia contratada y sobre la electricidad que hayas consumido. El porcentaje es ahora mismo del 5,113%.


Alquiler de equipos de medida o contadores


Te lo cobrarán a menos que el contador sea de tu propiedad. Está regulado por el Gobierno y el obligatorio de la distribuidora lo cobre. Se calcula multiplicando el número de días que se facturan por el precio del alquiler.


El precio será más alto si el contador el digital y más caro si es analógico. Aunque estos últimos están a punto de desaparecer, puesto que desde el 31/12/18 todos los equipos de medida deben ser digitales y la comercializadora debe cambiártelos si todavía son analógicos.


Otros servicios


Como el de mantenimiento. No son obligatorios, así que no los aceptes sin valorar si te interesan o no.


Impuesto sobre el Valor Añadido


Y, como no, faltaba el perejil de todas las salsas: el IVA. Te lo aplicarán sobre todos los conceptos anteriores, sí, también sobre el Impuesto sobre la electricidad. Una doble tributación con el beneplácito de la Administración, y no pasa nada...


Qué conceptos aparecen


  • Datos identificativos de la comercializadora.

  • Datos identificativos de titular del contrato.

  • Dirección en la que se provee del suministro eléctrico.

  • Período de facturación.


Ejemplo de cabecera de factura de electricidad PVPC
Ejemplo de cabecera de una factura de electricidad


  • Número de factura.

  • Número de referencia (número de contrato seguido del número de referencia).

  • Fecha de cargo (en caso de domiciliación) / fecha límite de pago (pago por banco, teléfono, on-line, transferencia...).

  • Resumen de la factura (potencia, energía consumida, impuesto electricidad, alquiler de equipo de medida y control, IVA y total de la factura).

  • Datos del contrato (titular, tipo de contrato, tipo de contador, peaje, potencia, inicio y final del contrato, forma de pago, etc.) Es importante que conozcas y tengas claros estos datos, tanto si necesitas aclaraciones, si tienes que hacer cambios o reclamaciones, y también si tienes que comunicar una avería.


Ejemplo de datos del contrato de factura de electricidad PVPC
Ejemplo de datos del contrato


  • Historial de consumo eléctrico (evolución del consumo durante el último año, acompañado de gráficas; es obligatorio en el mercado regulado). 
 

Ejemplo de historial de consumo de factura de electricidad PVPC
Ejemplo de historial de consumo eléctrico


  • Detalle de la facturación (es una información que detalla lo recogido en el resumen de facturación de la cabecera, donde se detalla cada concepto).


Ejemplo de detalle de facturación de factura de electricidad PVPC
Detalle de factura de electricidad


  • Descuentos (si se te aplica en tu caso; en el mercado regulado se recoge el Bono Social, si te corresponde por ser familia numerosa o si tus ingresos son escasos). 

  • Total a pagar.

  • También aparecerá información para el consumidor (bono social, opciones disponibles, información sobre el contrato...) y sobre el origen e impacto ambiental de la electricidad que se ha consumido.


Formato de la factura


La factura puede ser emitida en papel o en formato electrónico, siendo el cliente el que elige cómo quiere que se le remita.


La factura en papel llega al domicilio del cliente a través del correo postal. La electrónica se remite por correo electrónico, aunque los titulares del contrato pueden acceder a su facturación a través de la web de la compañía en su apartado dedicado a clientes. 


Espero haber puesto luz en este incómodo asunto que es la factura eléctrica. ¿Nos vemos en el próximo post?




Información de interés:

Entender la factura de la luz
Resolución de 23 de mayo de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el contenido mínimo de la factura de electricidad


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La primera vez que apareció el post Entiende la Factura de la Luz... de una Vez por Todas fue en el blog de Todos Somos Clientes


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