miércoles, 18 de abril de 2018

Lo que Debes Saber sobre Préstamos Personales

Si tienes falta de liquidez puntual o tienes que hacer frente a un gasto extra que no puedes (o no quieres posponer) como la compra de un coche, la ortodoncia de tu hijo o el arreglo del tejado de tu casa, probablemente te plantees la posibilidad de solicitar un préstamo personal a tu banco o entidad financiera. 


Y parece fácil, no tengo dinero, lo pido, me lo dan y listo. Pero no es algo tan simple, porque la concesión de un préstamo personal implica un compromiso de pago, unos gastos y la posibilidad de perder el patrimonio que podamos poner como garantía. Y, por otra parte, las entidades suelen aprovechar de este tipo de necesidades para imponer condiciones que no siempre son beneficiosas para el consumidor; algo que les resulta fácil, puesto que no siempre se conocer los derechos que se tienen al contratar estos productos.


En este post quiero facilitarte información básica para que sepas qué es un préstamo personal, qué supone, consejos a la hora de contratarlo, tus derechos y cómo reclamar en caso de que lo necesites. 


Lo que debes saber sobre préstamos personales


Qué es un préstamo personal


Es un contrato entre una entidad financiera y una persona física, en el que la entidad se obliga a prestarle una determinada cantidad de dinero y esa persona a devolverla en un plazo determinado con unos intereses pactados entre ambas parte.


La entidad que presta se denomina prestamista, mientras que el que recibe el préstamo se llama prestatario.


Diferencias entre préstamo y crédito


En el caso de los préstamos, el banco presta una cantidad de dinero concreta de la que se dispone en su totalidad desde que se formaliza. Los intereses y gastos se pagan sobre el total prestado. Si se quiere renovar el préstamo o ampliar el plazo, se tendrá que firmar un nuevo contrato.


Los créditos implican que se concede un límite de dinero, del que se puede ir disponiendo cuando se vaya necesitando, sin necesidad de disponer de toda la cantidad al mismo tiempo. Los intereses y gastos se pagan por la cantidad dispuesta, no sobre el total del crédito concedido. El crédito se puede ir renovando de forma periódica si así lo quieren las dos partes.


Prestando dinero


Qué garantías requieren


Los préstamos personales no suelen requerir que el prestatario aporte ninguna garantía especial, más que sus propios bienes, tanto presentes como futuros. Eso no significa que en algunos casos pidan avales u otras garantías, en caso de que la solvencia no sea la más idónea o que el importe sea elevado.


Normalmente se suele requerir una declaración jurada de patrimonio.


Qué plazo de tramitación tiene


Es bastante más rápido que otro tipo de productos bancarios, aunque los tiempos de tramitación dependerán de la entidad a la que se le solicite el préstamo.


Qué información te deben dar antes de firmar el préstamo


Antes de firmar el contrato del préstamo personal, la entidad debe facilitarte la siguiente información, por escrito:


  • Identificación del prestador y del intermediario si lo hubiese
  • Tipo de préstamo
  • Importe total
  • Tipo de interés aplicable
  • Condiciones de aplicación del interés
  • Tasa anual equivalente (TAE) y el importe total adeudado
  • Condiciones de disposición del dinero
  • Condiciones de los pagos: importe, periodicidad y número de ellos
  • Gastos (mantenimiento, uso de los medios de pago, de disposición del préstamo, etc.)
  • Comisiones (estudio, apertura, modificación, cancelación, reclamación de cuotas impagadas...)
  • Servicios adicionales
  • Seguros
  • Garantías que se exigen (si procede)
  • Derecho de desistimiento
  • Derecho de pago anticipado
  • Advertencias de las consecuencias del impago de las cuotas


A qué estás obligado


Cuando firmas el contrato de préstamo te comprometes a lo siguiente con la entidad: 


  • A aportar la documentación que te requiera el banco o caja. 

  • Evidentemente, a abonar las cuotas del préstamo en los plazos estipulados, con sus correspondientes intereses y comisiones.

  • A pagar los intereses de demora pactados en caso de retrasos en los pagos.

  • A comunicar los cambios de domicilio, estado civil y situación financiera (si aparece como cláusula en el contrato).


Cerrando el contrato


Derechos


Y, además de las obligaciones, también tienes una serie de derechos que debes conocer y hacer valer: 


  • La entidad debe entregarte la información relativa al préstamo con suficiente antelación. Es decir, que no puede citarte para firmar el préstamo en el notario sin que te hayan dado las condiciones por escrito previamente para que puedas estudiarlas.

  • Tienes derecho a que la oferta de préstamo que te hagan sea vinculante, así te evitarás sorpresas de última hora. Doy fe de que hay entidades que un día antes de firmar un préstamo te cambian las condiciones (evidentemente a su favor), subiéndote los intereses de forma exorbitante.

  • Deben proporcionarte una copia del contrato de préstamo debidamente firmada. Te recomiendo que insistas en este punto, porque muchas entidades son reacias a facilitarla, aunque estás en tu derecho a tener por escrito lo que has firmado... y lo que vas a pagar. 

  • El banco tiene que poner a tu disposición el dinero en la fecha acordada.

  • Puedes cancelar anticipadamente el préstamo o a anticipar cuotas, si así lo deseas. Eso sí, puede que tengas penalizaciones.  

  • Tienes derecho a dejar sin efecto el contrato. Para hacerlo tienes que comunicarlo por escrito a la entidad, preferentemente con acuse de recibo u otra constancia de esa petición de desistimiento. Y debes hacerlo dentro de los 14 días naturales desde que se haya firmado el contrato (o que hayas recibido las condiciones por escrito, si ha sido más tarde que la propia firma).  Este derecho de desistimiento no tiene ni penalizaciones ni compensaciones, aunque debes pagar al prestamista el interés que se haya generado en ese plazo. 


Y si no pagas...


Si el retraso en los pagos se alarga en el tiempo, el prestamista puede reclamar las cantidades prestadas, así como otras que aparezcan en el contrato como penalización, amparándose en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esto supone que habrá que responder con los bienes personales para hacer frente a ese pago. Y, ojo, para saldar esa deuda pueden embargar los bienes que tengas ahora... y los que tengas más adelante.


Consejos


La concesión de un préstamo personal suele ser más fácil y rápida que en el caso de otro tipo de productos, por lo que se corre el riesgo de solicitarlo de forma impulsiva. Cuidado con ello, porque debes valorar si realmente lo necesitas, si tiene unas buenas condiciones, si es un producto adecuado para ti y si vas a poder hacer frente a las cuotas.


No pidas más dinero del que te hace falta, porque a la hora de devolverlo, no sólo tendrás que pagar esa cantidad de más, sino los intereses y comisiones sobre esa cantidad extra. 


Calculadora


Si vas a pedir una cantidad grande de dinero, procura justificar en qué lo vas a gastar. A los bancos les dará mayor confianza que el dinero tenga una finalidad concreta, antes que vayas a gastarlo a lo loco.


Antes de contratar un préstamo, compara las ofertas de distintas entidades, porque las condiciones varían mucho de unas a otras.


Los comparadores de préstamos pueden ser una orientación, pero conviene que nos den las ofertas en persona y que estas sean vinculantes.


Ten presente siempre que lo que tendrás que devolver no es únicamente la cantidad que te prestan, sino que hay otros muchos costes que debes tener en cuenta: comisiones, gastos, etc. No te olvides de ello a la hora de comprar los productos de diferentes bancos y cajas.


No te dejes llevar únicamente por las cuotas bajas, porque implican más tiempo de amortización y más intereses a pagar.


A la hora de aceptar una cuota u otra, ten en cuenta el dinero mensual del que puedes prescindir, pero no ajustes demasiado, por si tienes que hacer frente a imprevistos. Es decir, si puedes prescindir de 500 euros de tu economía al mes, quitándole todos los pagos a los que tienes que hacer frente, no te comprometas a una cuota de 450-500 euros, porque ante cualquier gasto extra te encontrarás agobiado; por no hablar de que no te podrás permitir ningún capricho.


Valora los productos que te van a colar junto con el préstamo, porque pueden suponerte un buen pellizco a tu economía: tarjetas, seguros, domiciliaciones, etc.


Lee cuidadosamente las condiciones del préstamo. Si no entiendes alguna, puedes pedir que te las explique algún responsable de la entidad o acudir a los servicios de consumo más cercanos a tu domicilio.


Leyendo


Evita los préstamos rápidos, los minicréditos on-line y telefónicos que no tengan detrás una entidad fiable, porque puedes estar poniendo en peligro un patrimonio. Un banco puede que no te embargue por dejar de pagar una cuota, un prestamista algo más oscuro, puede que sí lo haga. Cuidado con ello.  


Los minicréditos son rentables si pides poco y vas a poder devolver el dinero en plazo, puesto que los intereses son bajos y apenas tienen gastos, el problema (y de lo que realmente viven estos prestamistas) es no poder pagar a tiempo, puesto que lo que tienes que devolver se dispara de forma brutal.


Procura no pedir un préstamo para pagar otro, porque te encontrarás en una espiral de la que es difícil salir. Por otra parte, esto no está muy bien visto por las entidades financieras, que suelen denegarlo.


Si vas a pedir un préstamo personal para hacer frente a los gastos de tu negocio como autónomo o emprendedor, cuidado, porque responderás con tus bienes en caso de que la cosa vaya mal y no podrás desgravar ningún gasto derivado del préstamo. Procura hacerlo siempre como empresa, si la entidad te lo permite, claro.


Dónde reclamar


Puedes reclamar ante el departamento de atención/defensa del cliente que las entidades están obligadas aponer a disposición de los usuarios.


También puedes reclamar ante los organismos de consumo que correspondan a tu domicilio.


Y, por supuesto, puedes rellenar las hojas de reclamaciones que deben tener todas las sucursales bancarias para ejercer tus derechos como consumidor. Recuerda que debes rellenarlo con toda la información necesaria (puedes añadir hojas e información), incluyendo tus pretensiones. La entidad también puede rellenar la hoja con sus alegaciones. Una copia se quedará en el banco, otra será para enviar a la Administración y otra será para ti. 


En último extremo (y una vez agotadas las otras vías) podrías recurrir a la vía judicial.


Espero que este post te haya sido de utilidad, pero lo que de verdad deseo es que tu economía sea siempre tan saneada que nunca tengas que recurrir a ningún tipo de préstamo :)





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La primera vez que apareció el post Lo que Debes Saber sobre Préstamos Personales fue en el blog de Todos Somos Clientes.


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