Pero no es así. De hecho, si no se tiene mucho cuidado, son productos muy arriesgados que pueden tener consecuencias nefastas sobre nuestra economía.
A continuación quiero compartir contigo información sobre estos préstamos rápidos, para que puedas decidir con más criterio si realmente te interesa contratarlos.
Antes de nada
Aunque se conozcan como créditos rápidos, realmente suelen ser préstamos. Y es que no es lo mismo un crédito que un préstamos, a pesar de que los consideremos sinónimos.
Un crédito es la cantidad con un límite que concede un banco o financiera, con un plazo que puede ser renovable. El cliente puede disponer de la cantidad en todo o en parte, pagando intereses por la cantidad dispuesta, además de los correspondientes gastos de formalización, mantenimiento y saldo no dispuesto. Este crédito se puede instrumentalizar a través de una cuenta o de una tarjeta de crédito.
Y un préstamo es una operación de carácter financiero por la que el banco o financiera presta una cantidad previamente establecida al cliente, poniéndola a disposición del cliente al completo cuando se formaliza. Esta operación tiene unos plazos de devolución, unas cuotas periódicas, unos gastos y unos intereses que se pagarán sobre el total de lo prestado.
Por ese motivo, a partir de ahora y por muy popular que sea el término crédito rápido, me referiré a ellos como lo que son, préstamos.
Por qué es un producto tan atractivo
- Cuentan con una publicidad muy atractiva y cercana, en la que se hace hincapié en lo que se puede conseguir con ese dinero, pero sin hablar claramente de las condiciones de devolución.
- Su proceso de solicitud es muy sencillo, si lo comparamos con lo que conlleva hacerlo en bancos y cajas.
- La concesión es menos restrictiva que en el caso de los bancos y cajas de ahorro.
- Si la cantidad es pequeña no suelen pedir ningún tipo de garantía o aval.
Desventajas de contratar un préstamo rápido
- La necesidad de efectivo inmediato y los criterios de concesión más laxos llevan a los usuarios a solicitar estos préstamos rápidos sin pararse a pensar en los riesgos que suponen.
- Al contratarse principalmente a través de teléfono o web, se fomenta la inmediatez en la toma de decisiones antes que la información sobre el producto.
- Estos préstamos adolecen de falta de transparencia en cuanto a la información que se le facilita al cliente, que suele ser poca, sesgada y farragosa. Casi igual que en el caso de los bancos, no nos vamos a engañar...
- Pueden incluir cláusulas abusivas entre sus condiciones.
- Parecen una solución rápida y efectiva para los problemas de liquidez, cuando lo que suelen suponer es la entrada en una espiral de sobreendeudamiento. Pido un préstamo porque no tengo dinero, cuando tengo que pagar no tengo con qué hacerlo y pido otro préstamos nuevo, y así sucesivamente.
- Cuentan con TAEs (Tasa Anual Equivalente) que incluso superan el 4.000 %. Hazte una idea, hay financieras que te prestan 300 € durante un mes, por los que devolverás al final... ¡más de 400 €! Y es que no hay tope legal para el interés de este tipo de producto.
- Tienen gastos (apertura, cancelación anticipada, penalizaciones por mora, etc.) muy superiores a los ofertados por los bancos.
- En general, tienen plazos de devolución muy cortos que los hacen tentadores, pero que dificultan mucho que se reintegren en fecha.
- En caso de impago, las técnicas de recobro suelen ser muy agresivas, llegando incluso a rozar la ilegalidad.
- Hablando de impagos, también pueden llevar aparejada la inclusión en ficheros de morosos, con las consecuencias que conllevan: problemas a la hora de solicitar otros préstamos y créditos, dificultades a la hora de contratar servicios de telefonía o seguros, etc.
Qué tener en cuenta
- Antes de nada, asegúrate de poder devolver el dinero en plazo.
- Antes de solicitar un préstamo de este tipo, valora si realmente necesitas ese dinero y/o si lo puedes conseguir a través de otras vías: familia, amigos, bancos...
- No pidas más dinero que el que necesites.
- Si tienes tarjeta de crédito, estudia si el tipo de interés que te aplicarán por sacar ese dinero con la tarjeta no es menor que el que tendrás que pagar por el préstamos rápido.
- Procura contar con un asesoramiento financiero o jurídico antes de tomar una decisión. Y si no lo tienes accesible, al menos consulta con alguien con sentido común.
- Tómalo como un recurso puntual y contrátalo sólo en caso de que sepas que puede devolverlo y aprovechando las ofertas que hacen a nuevos clientes, que sí los convierten en productos interesantes (interés 0%, gastos mínimos o 0%, etc.).
- Comprueba el interés que te aplicarán y mira en la información si ese interés es anual o mensual.
Nadie da euros a céntimos |
- Si estás en un fichero de morosos y te van a dar el préstamos, créeme, hay gato encerrado... o unas condiciones realmente abusivas. Nadie da euros a céntimos...
- Revisa las condiciones y comprueba que no escondan cláusulas abusivas.
- Si la cantidad es pequeña y te piden garantías o avales, ten mucho cuidado a la hora de firmar.
- Exige que a la hora de contratar se cumplan los siguientes requisitos:
- Que te faciliten el contrato antes de firmarlo, para que puedas leerlo y valorarlo tranquilamente. Recuerda que tienes derecho a una oferta firme y presentada en soporte duradero.
- Que te den una copia firmada en un soporte duradero: papel, fax, correo electrónico o similar.
- Que se indique claramente el tipo de préstamo que te van a dar.
- Que se especifique el importe prestado, la cantidad a devolver, las cuotas y la periodicidad de los pagos.
- Que se indiquen los intereses de demora y la cantidad aplicada en concepto de penalización por cancelación anticipada.
- Que aparezca el plazo de devolución.
- Que se indiquen todas las condiciones relativas al préstamo.
- Que aparezcan los gastos, comisiones y cuotas de mantenimiento que te van a aplicar durante la vigencia del contrato.
- Si necesitarás garantías o avales de cualquier tipo y en qué condiciones.
- Si tienes derecho de desistimiento y sus condiciones.
- Cuáles son las consecuencias en caso de impago.
- En caso de que la financiera vaya a ceder los derechos de cobro (junto con las obligaciones derivadas del contrato), deberá comunicártelo. Esto es obligatorio, salvo que sólo ceda el recobro a un tercero, pero siga prestando los servicios relativos al préstamo.
Si no puedes pagar
- Tranquilízate. Si te dejas llevar por los nervios tomarás decisiones apresuradas, además de muy malas.
- Plantéate cómo podrías hacer frente a esa deuda, siempre desde el realismo. Así podrás plantearle a la empresa prestamista un plan de pagos razonable y que puedas cumplir, lo que suele funcionar bien; todo el mundo prefiere cobrar, aunque sea tarde, que no cobrar.
- Consulta con un abogado, te saldrá más barato pagar una consulta que lo que puede venir a continuación.
- Te incluirán en un fichero de morosos, casi con toda seguridad, por ello deberás pedir que te saquen una vez saldada la deuda.
A la hora de reclamar
- Si has sido víctima de abusos o malas prácticas, denuncia; si no lo haces, habrá otras personas que deban pasar por lo mismo.
- Si sufres amenazas o coacciones porque no puedes pagar, denuncia también. Una cosa es reclamar la deuda y otra bien distinta acosar.
- Guarda toda la documentación relativa al préstamo: publicidad, pantallazos de la promoción en Internet, oferta, contrato, condiciones, correos electrónicos, extractos bancarios y cualquier otra información que pueda servir como prueba.
- Si debes ir a firmar ante notario, desconfía de cualquier maniobra extraña que se pueda producir: la cantidad que te van a entregar no corresponde con la que aparece en el contrato, el notario se ausenta durante la firma o la entrega del dinero...
- Recuerda que puedes desistir del contrato en un plazo de 14 días naturales, siempre que abones el dinero prestado y los gastos generados hasta la fecha.
- Si has pedido menos de 200 €, te ampara el Código Civil.
- Si has solicitado más de 200 €, te ampara la Ley de Crédito al Consumo.
- Si lo has solicitado por teléfono, fax o Internet, independientemente de la cantidad que pidas, te puedes acoger a la Ley de Comercialización de Servicios Financieros a Distancia.
- Y en todos los casos, también te ampara la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
Con lo que sabes ahora, ¿pedirías un préstamo rápido o recurrirías a otra opción si necesitases efectivo?
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La primera vez que apareció este artículo fue en el blog de Todos Somos Clientes.
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