Si hace apenas 2 años era habitual preguntarse si podían obligarte a pagar una compra con dinero contante y sonante en lugar de utilizar un medio digital, lo cierto es que el miedo al contagio por la pandemia, así como el intento de los gobierno (todos) de controlar cuánto se gastan los ciudadanos y en qué, han cambiado radicalmente las cosas.
De hecho la duda que se plantean muchas personas que deben hacer un pago, lo que se cuestionan es si pueden obligarles a realizarlo de manera digital. Porque ya hay establecimientos que no admiten dinero en efectivo, o ponen restricciones para aceptarlo; a pesar de que hay personas que por su edad, condiciones económicas o por intentar mantener a salvo su privacidad, quieren pagar con billetes o monedas.
Si tú también te has preguntado en alguna ocasión si te pueden imponer el pago móvil o con tarjeta, o si te pueden poner limitaciones a la cantidad o al número de monedas o billetes, a continuación encontrarás la respuesta.
Lo que dice la legislación
▣ El Código Civil (Art. 1.170) dice que el pago de las deudas ha de hacerse en moneda de curso legal, que en España son únicamente los euros. De ese modo no pueden negarte que pagues en billetes o monedas de euros. Esto es aplicable a nuestro país, pero también a todos los que hayan adoptado el euro como moneda.
▣ La Normativa de la Comisión Europea en su definición común de curos legal dice que el beneficiario de una obligación de pago no puede rechazar billetes de banco y monedas en euros, salvo que ambas partes hayan acordado otra forma de pago.
▣ También indica que en las transacciones al por menor el pago se podría rechazar atendiendo al principio de buena fe. Eso implica que el vendedor puede rechazar el pago en efectivo si no dispone de cambio o si el precio del bien o servicio respecto al valor del billete es desproporcionado. Aunque no puntualiza cuál es la proporción aceptable y la que no.
▣ En cualquier caso la legislación no ampara más limitación del pago en efectivo más allá de la que establece la AEAT en su lucha contra el fraude fiscal, que es de 1.000 euros, siempre que una de las partes actúe como empresario o profesional. O de 10.000 euros si se trata de una persona física que acredita que no reside en España. De modo que si la cantidad es superior tendrá que hacerse a través de transferencia bancaria.
▣ El Banco de España establece en su Regulación de la moneda metálica que no hay obligación de aceptar más de 50 monedas (a excepción de los bancos y cajas). Los billetes sí que deben aceptarse sin más limitación que la de los 1.000 euros como máximo que marca la legislación contra el fraude fiscal.
▣ No pueden aplicarte recargos por los pagos en billetes o monedas de euro.
¿Y si te niegan el pago en efectivo sin motivo?
▣ Ya has visto dónde están los límites para el pago en efectivo, pero si el establecimiento no respeta ni tus derechos ni la legislación, hay un par de medidas que puedes tomar.
▣ Pide la hoja de reclamaciones, rellénala in situ, permite que el establecimiento rellene sus datos y no te olvides de remitirla a la Oficina Municipal del Consumidor de tu municipio. En caso de que se nieguen a entregarte las hojas de reclamaciones, puedes llamar a la Policía Municipal o Local para que se persone y levante acta del hecho.
▣ Si pretenden que hagas en pago en efectivo (una de las partes debe actuar como profesional o empresario) de más de 1.000 euros, ten mucho cuidado, porque Hacienda te puede sancionar a ti, y la multa no es pequeña. Además de no atender ese pago en dinero en efectivo, si tienes pruebas de que te están invitando a defraudar, te queda la opción de denunciar ante la AEAT.
Haz valer tus derechos, siempre...
Información de interés:
Post relacionados:
Consejos de Seguridad para Pagos con el Móvil
¿Qué Tarjeta Bancaria Te Conviene Más?
Cómo Usar Tus Tarjetas de Crédito de Manera Responsable
Cómo Evitar el Fraude con Tus Tarjetas de Crédito
Diccionario Bancario Básico para Emprendedores (y Particulares)
La primera vez que apareció el post ¿Pueden Obligarte a Pagar con Tarjeta o con el Móvil? fue en el post de Todos Somos Clientes.
¿Pueden obligarte a pagar con tarjeta o con el móvil by 1 de N Tecnologías de la Información - Arancha Moreno is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional License.