Crear una empresa no es una tarea sencilla en España, especialmente si comparamos el proceso con otros países de nuestro entorno. Y tampoco no lo ponen fácil una vez creada, no te voy a engañar... pero eso es otro asunto del que no te voy a hablar en este post.
Hablando del proceso de creación, lo cierto es que la cantidad de trámites y trabas administrativas son enormes. Eso ralentiza la puesta en marcha de forma notable y requiere un esfuerzo extra por parte del emprendedor, que tendría que estar dedicando a la parte productiva del negocio. Cualquiera que haya creado una empresa ha tenido la sensación de estar inmerso en una pesadilla sin fin, de toparse con un muro a cada paso del camino, de que la Administración quiere disuadirle a toda costa de que emprenda. Y lo digo por experiencia.
Aunque desde 2013 hay una herramienta útil para los emprendedores, que facilita y acelera en cierta medida la creación de empresas: el DUE o Documento Único Electrónico.
Qué es el DUE (Documento Único Electrónico)
Aunque en su título aparezca documento, no es solamente uno, sino varios documentos y formularios electrónicos que el emprendedor debe cumplimentar para constituir y poner en marcha una empresa.
Con esta herramienta podrás crear tu empresa, cumpliendo con muchas de las obligaciones que exige la Administración de manera centralizada. A través del DUE se hará llegar la información al organismo correspondiente.
Qué sociedades pueden beneficiarse del DUE
Las sociedades mercantiles que se pueden crear con el DUE son:
- Empresarios individuales (autónomos).
- Sociedades de responsabilidad limitada (S.L. o S.R.L.).
- Sociedad limitada de formación sucesiva (S.L.F.S.).
- Sociedad limitada nueva empresa (S.L.N.E.).
- Comunidades de bienes.
- Sociedades civiles.
Cómo cumplimentarlo
Para cumplimentar el DUE puedes hacerlo por dos vías:
- A través de CIRCE (más abajo encontrarás más información). En este caso vas a requerir un certificado electrónico para poder rellenar los formularios y presentarlos.
- Acudiendo a un PAE (Punto de Atención al Emprendedor), donde además de cumplimentarlo, encontrarás asesoramiento, formación e incluso te ayudarán con la financiación.
Ojo, que son tramitaciones independientes y excluyentes. Si inicias el proceso de forma telemática a través de CIRCE, no podrás hacerlo también de manera presencial en un PAE, y viceversa.
Qué es CIRCE
CIRCE es el Centro de Información y Red de Creación de Empresas.
Permite constituir una empresa y ponerla en marcha de forma telemática.
Una vez que el emprendedor cumplimenta el DUE, CIRCE se comunicará con todos los organismos necesario (Registro mercantil, notaría, AEAT, Seguridad Social...) para tramitar de forma telemática y automática de realizar todos los trámites necesarios para la constitución de la empresa. De esa forma el emprendedor no tiene que ir ventanilla a ventanilla ni pelearse con las plataformas de las diferentes Administraciones.
Qué trámites puedes hacer
Los trámites que engloba el DUE son muchos, aunque los más destacados son:
- Solicitud del NIF provisional (y posteriormente del definitivo).
- Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados de tu Comunidad Autónoma. La constitución de sociedades está exenta del pago de este impuesto, pero es necesario que lo presentes y que obtengas el certificado (Mod. 600).
- Solicitud de inscripción en el Registro Mercantil Provincial.
- Reserva de la cita con el notario.
- Declaración censal en la Agencia Tributaria (Mods. 036 o 37).
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE - Mod 840).
- Solicitud de licencias, como la de actividad.
- Solicitud y registro de signos distintivos y marcas comerciales en la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas).
- Alta, baja o variación en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Modelo TA/521/1).
- Alta para trabajadores societarios (Mod. TA 0521/B).
- Alta de trabajadores por cuenta ajena o asimilado (Mod. TA 2/S).
- Inscripción del empresario en la Seguridad Social (Mod. TA 6).
- Alta, baja y modificación de cuenta de cotización en la Seguridad Social (Mod. TA 7).
- Solicitud de formalización de la cobertura de Riesgos Profesionales con entidad gestora de la Seguridad Social (Mod. TA 16).
- Trámites con la Agencia Española de Protección de Datos.
Como puedes ver son muchos documentos. Hay algunos que son comunes para todos, pero según la empresa que quieras crear y la actividad a la que te quieras dedicar, te afectarán unos u otros.
Los trámites que no puedes hacer
Hay algunos trámites que no podrás hacer con el DUE, no son muchos, pero debes tenerlos en cuenta.
- Obtención del certificado electrónico (lo necesitarás para hacer los trámites telemáticos en CIRCE, así como para otros muchos, y tendrás que acreditar tu identidad de manera personal, al menos la primera vez que lo hagas).
- Reservar la denominación social. Debes hacerlo antes de cumplimentar el DUE, a través de la web del Registro Mercantil Central.
- Debes hacer las aportaciones de capital en el banco elegido si son dinerarias o especificarlas si son no dinerarias. En el DUE, al comienzo de los trámites, únicamente tienes que consignar las participaciones de cada socio y los importes. Pero cuando acudáis al notario a firmar las escrituras, sí que tendréis que acreditar esas aportaciones con un certificado bancario o con el documento que requiera el notario en el caso de las que no sean dinerarias.
- Firma de las escrituras de forma telemática. Tendrás que ir en persona a la notaría, sí o sí.
- Comunicación de la apertura del Centro de Trabajo (si se puede hacer en algunas CC.AA. de manera telemática).
- Obtención y legalización del Libro de Actas, del Libro de Socios, etc.
- Obtención y legalización del Libro Diario, del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
Ventajas
Las ventajas de crear una empresa a través del DUE son muchas:
- Vas a ahorrar mucho tiempo, desplazamientos... y estrés.
- Podrás agilizar la creación de tu empresa.
- Podrás consultar el estado de los trámites, expediente y documentación presentada de una forma más sencilla. Porque hacerlo organismo a organismo es una tarea titánica, en algunos casos incluso imposible.
- Podrás gestionar fácilmente altas, bajas y modificaciones.
Inconvenientes
- Cumplimentar el DUE no es una tarea tan fácil y tan rápida como parece. Lo ideal es que te asesoren en un PAE.
- No podrás realizar todos los trámites necesarios con el DUE.
- No todas las sociedades pueden beneficiarse de esta herramienta.
Documentación y datos que vas a necesitar
- Certificación negativa de la denominación social.
- Documentación de los socios (DNI, tarjeta de la Seguridad Social).
- Socios y su participación en la sociedad.
- Si alguno de los socios está casado, el régimen económico del matrimonio.
- Identificación del administrador o los administradores, así como la forma de administración (única, mancomunada o solidaria).
- Clasificación según la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de las actividades que desarrollará la empresa.
- Datos del domicilio fiscal de la empresa y del domicilio social, en caso de que sean diferentes.
- En el caso de los autónomos, la base de cotización, la Mutua a la que adscribirán, si elegirán cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional, etc.
- Documentación de los trabajadores por cuenta ajena (DNI, NIE comunitario o permiso de residencia, tarjeta de la Seguridad Social).
Información de interés:
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
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La primera vez que apareció el post DUE: Imprescindible para los Emprendedores fue en el blog de Todos Somos Clientes.
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