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miércoles, 3 de agosto de 2016

Cuánto Cuesta Realmente Poner en Marcha una Sociedad Limitada

Si estás pensando en emprender, puede que te plantees recurrir a la forma jurídica más habitual en España, que es la sociedad limitada.


Aunque, antes de elegir el tipo de sociedad que más te interesa, también deberías tener en cuenta los gastos que supone ponerla en marcha y mantenerla. Esto es importante para que puedas establecer un plan de negocio viable y sostenible en el tiempo.


A continuación encontrarás algunos de los gastos más comunes a la hora de poner en marcha una S.L.


Cuánto cuesta realmente poner en marcha una Sociedad Limitada


La constitución de la sociedad


Lo primero que tendrás que hacer es reunir el capital social que deberá ser de un mínimo de 3.012 €. Este capital puede ser en dinero o en bienes. Este capital realmente no es un gasto, sino una inversión, puesto estará totalmente disponible una vez constituida la sociedad. 

Se abre una cuenta corriente a nombre de la sociedad en constitución y se ingresa el capital que quedará bloqueado hasta que se constituya legalmente. Una vez que se acredita que ya está constituida, el banco procede a desbloquear ese dinero, que ya queda disponible para que la empresa lo utilice libremente en lo que necesite. Existe una fórmula que permite no desembolsar esos 3.102 € a la constitución de la sociedad, que se llama Sociedad Limitada de Fundación Sucesiva, aunque no es una opción muy recomendable, puesto que los deberes, responsabilidades y garantías que requieren son mayores y no compensan en absoluto. 


Además del capital, por lo tanto, habrá que tener en cuenta los gastos de apertura y mantenimiento de la cuenta bancaria y de la expedición del certificado que acredita que se ha desembolsado el capital. Mi consejo es que antes de contratarla, mires condiciones en diferentes entidades, porque pueden suponer una cantidad apreciable al cabo del ejercicio.


Firma de escriturasDeberás conseguir una denominación social que se solicita en el Registro Mercantil Central, o más bien un certificado que acredita que no hay ninguna otra sociedad con la misma denominación o similar a la que quieres darle a tu empresa. En el RMC tendrás que pagar un arancel por el trámite que ronda los 14 €, al que tendrás que añadirle unos gastos de envío, salvo que vayas a recoger el certificado en persona al propio Registro y te ahorres ese extra. El Notario también puede realizar el trámite, aunque te cobrará una cantidad algo más elevada que si te encargas tú mismo.


Una vez que tengas realizados estos dos pasos, tendrás que pedir cita al Notario para otorgar la escritura de constitución de la sociedad. Los aranceles que te cobrará el notario dependerán del capital social y de cómo sea de extensa la escritura, pero como referencia pueden oscilar entre los 235 y los 500 €. Aunque puede parecer más barato conseguir que la escritura sea más breve y no incluir muchos conceptos, quizás sea mejor que tú y tus socios estudiéis detenidamente las condiciones que queréis que aparezcan recogidas en ella y no tener que volver varias veces al notario para hacer distintas ampliaciones y modificaciones. Así os evitaréis pasar por el Notario más veces de las necesarias y pagar nuevas escrituras.


El registro


Posteriormente a la firma de la escritura de constitución, hay que inscribirla en el Registro Mercantil. Aunque esta inscripción es totalmente voluntaria, el no hacerlo implicará que se considerará a la sociedad como sociedad civil o colectiva, no limitada, por mucho que así figure en las escrituras. Y esto quiere decir que los socios responden a las deudas que pueda contraer la misma con su propio patrimonio.


La inscripción en el Registro Mercantil dependerá de las condiciones particulares de la empresa y de si serán necesarias inscripciones adicionales, aunque el precio oscilará entre los 150 y los 300 €. Lo que sí te aviso es que tendrás que hacer una provisión de fondos cuando lleves la escritura para su inscripción. Si finalmente el importe es menor, te reembolsarán lo que sobre. Si es mayor, tendrás que pagar la diferencia. En Madrid esta provisión es de 200 €, por si te sirve de referencia.


Hablando del Registro Mercantil, ten previsto un gasto de 50 € anuales para legalizar los libros de contabilidad, actas y socios, además de unos 80 € por la presentación de cuentas anuales; independientemente de lo que te cobre la gestoría por la gestión de todo ello.


Hacienda


Tendrás que dar de alta a la empresa en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), aunque estarás exento de pagar el impuesto durante los dos primeros períodos impositivos a contar desde el inicio de la actividad en territorio español. Para comunicar estas actividades que vas a desarrollar, te servirá con presentar la declaración censal con los modelos 036 ó 037, indicando los epígrafes del IAE en que darás de alta a la empresa.


DineroY también tendrás que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, a través del modelo 600 y que supone un 1% del total nominal de capital social de la sociedad.


Por supuesto, tendrás que presentar las distintas declaraciones trimestrales y anuales a Hacienda, te salgan a pagar o sean a compensar. El no presentar estas declaraciones obligatorias te puede suponer una multa, incluso aunque no tengas que pagar. 


La Seguridad Social


Otro trámite imprescindible será dar de alta a la sociedad en Seguridad Social y solicitar un Código de Cuentas de Cotización. Por suerte, este trámite no tiene coste, aunque es obligatorio. Si durante un tiempo no tienes contratados trabajadores en Régimen General, tendrás que volver a pedir otro código cuando lo necesites. Y si tienes becarios, tendrás que solicitar un código diferente para ellos.


Eso sí, si tienes trabajadores contratados tendrás que pagar los seguros sociales de cada uno de ellos puntualmente.


Si tú o alguno de los socios tiene más de un 50% de las acciones, tendréis que daros de alta en autónomos de forma obligatoria, lo que os supondrás unos 320 € mensuales, salvo que os podáis acoger a las reducciones o tarifa plana que hay disponibles. Esta obligación de darse de alta en el RETA también aplica cuando en un núcleo familiar se acumula más del 50% de las acciones de la empresa, siempre que los miembros convivan bajo el mismo techo y les unan vínculos familiares hasta el segundo grado.


La marca comercial


Otro paso que no debes olvidar y que tiene un coste es registrar tu marca o nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Esto puede parecer algo superfluo, pero puede evitarte más de un disgusto una vez que tu negocio comience a funcionar. Piensa en lo que cuesta elegir un nombre, buscar un dominio en Internet, crear toda la imagen corporativa... y que luego llegue alguien y reclame los derechos sobre ese nombre porque lo ha registrado y tu no. Esto te supondrás unos 150 € si lo haces a nivel nacional y cerca de los 1.000 si lo registras a nivel europeo. Si esto te lo gestiona una empresa especializada en Patentes y Marcas, los gastos se disparan.


Certificado digital


Al tener una sociedad, tendrás que tener un certificado digital de manera obligatoria, puesto que las comunicaciones con Hacienda ya sólo se hacen a través de la Dirección Electrónica Habilitada, a la que sólo podrás acceder si tienes el correspondiente certificado. 


Si el certificado se expide para administradores únicos o solidarios cobrarán 24 € más ÏVA, por la expedición del certificado y la consulta al Registro para comprobar la capacidad y vigencia del cargo del interesado. Si se trata de representantes de la sociedad que no estén inscritos en el Registro Mercantil, cobrarán 14 € más IVA.


Gestoría


ContabilidadOtro gasto que debes tener en cuenta es el que supone la gestoría, que será de entre 90 y 200 € mensuales para la sociedad y una cantidad menor o similar para el autónomo societario. Además, tendrás que añadir los gastos por nóminas y otros trámites que no estén recogidos entre los servicios habituales recogidos en el contrato de prestación de servicios que firmes con la gestoría. 


Aunque puede parecer un gasto elevado, ten en cuenta que la mayoría de nosotros no tenemos la formación necesaria para llevar la parte contable, fiscal y laboral, además de no conocer todas las modificaciones y actualizaciones que suelen experimentar estos temas cada poco tiempo. Eso sí, cerciórate de que tratas con profesionales que gestionen tus asuntos de forma profesional y transparente.


Licencias


Si la empresa va a contar con local propio, tendrás que añadirle las licencias y permisos que se apliquen según la actividad que realices y el lugar municipio en el que esté situado el negocio. Consulta previamente qué te supondrá, porque puede ser un buen pellizco a tu presupuesto.


Seguros


También debes contar con los seguros necesarios para el desarrollo de tu actividad, que dependerá de cuál sea ésta, de los riesgos, tipo de local, número de trabajadores, etc. 


Prevención de Riesgos


Y si tienes un local con trabajadores, también deberás cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Normalmente supone contratar a una empresa que te lo gestione, aunque tú o algún miembro de la sociedad podéis realizar los cursos correspondientes y encargaros de ello sin externalizarlo. Eso sí, como en cualquier tipo de labor no productiva que no externalices, debes tener presente si el tiempo y esfuerzo que tendrás que dedicar compensa el dinero que (supuestamente) ahorrarás. 


El precio de este servicio variará según el tipo de empresa y el número de empleados que tenga.


Ley de Protección de Datos


Ordenador
Tampoco se te debe olvidar que debes cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Para hacerlo puedes contratar a una empresa especializada o llevarlo dentro de la propia empresa, aunque te aviso que esta última opción supone formación, tiempo y esfuerzo que tendrás que restarle a tus actividades productivas.


Vehículos


Si la empresa va a tener vehículo (o vehículos) habrá que contar con el precio de adquisición, renting o leasing. También el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Seguro Obligatorio, que variará según el tipo de transporte y el lugar municipio donde se registre. 


Y aquí no se contemplan los gatos derivados de salarios, suministros, diseño web, SEO, compra de material de oficina, etc. Como puedes comprobar, los 3.012 € que pondrás como capital social no serán suficientes siquiera para la puesta en marcha de la sociedad, por lo que deberías tener prevista financiación propia o ajena para cubrir el comienzo de tu proyecto.






Información de interés:

Ley General Tributaria
Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados 
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Ley Orgánica de Proteccion de Datos de Carácter Personal 
Novedades sobre los Certificados Digitales de la FNMT-RC 
Tasas OEPM para 2016


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La primera vez que apareció el post Cuánto Cuesta Realmente Poner en Marcha una Sociedad Limitada fue en el blog de Todos Somos Clientes.  


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