Páginas

viernes, 8 de noviembre de 2013

¿Qué Ocurre con la Garantía si el Fabricante Cierra?

lavadora
¿Tenga garantía de la garantía?
Al hilo de la malhadada quiebra de Electrodomésticos Fagor, me surgió una duda, puesto que tengo algún electrodoméstico de la marca: ¿qué ocurre ahora con la garantía? Y es una pregunta que, por desgracia, nos tenemos que hacer con frecuencia los consumidores de un tiempo a esta parte, debido a la tremenda cantidad de cierres de tiendas, almacenes y fábricas que se dedican a la venta de electrodomésticos, artículos de electrónica, informática o de imagen y sonido.


Pues bien, en este artículo os despejo esta duda.


Para comenzar a aclarar este tema, lo mejor es comenzar distinguiendo qué tipos de garantías existen. Pueden ser de dos tipos:

  
Garantía legal


servicio tecnicoEs la garantía que de, de forma obligatoria, debe facilitar el vendedor al consumidor cuando adquiere un artículo. Esta garantía asegura que el vendedor deberá reparar o sustituir el artículo adquirido por el cliente en caso de desperfectos. La Ley establece un plazo de 2 años para productos nuevos y de 1 año para los que son de segunda mano.


Por ello, el primer responsable siempre es el vendedor aunque, si el cliente necesita hacer valer la garantía y el vendedor no puede satisfacerle, lo harán el fabricante o el importador (si tiene sede en el país donde se ha adquirido). 


Si el fabricante desaparece, como en el caso de Fagor, no debemos preocuparnos, porque será el vendedor el que responderá de la garantía legal de 2 años.


Garantía comercial


Es una garantía añadida que puede facilitar el vendedor, el fabricante o el importador según su criterio, que no exime en ningún caso de la obligación que tiene el vendedor de proporcionar la garantía legal. Sus condiciones estarán establecidas por el garante: duración, coberturas, etc. La única norma es que debe añadir algo a la garantía legal, para que se pueda considerar y publicitar como tal garantía comercial. Podéis conocer más acerca de este tipo de garantías en el artículo 125 de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.


impresoraPor lo tanto, este tipo de compromiso comercial se extingue cuando desaparece el garante, salvo el caso de que esté vinculado a una compañía aseguradora, que será la que se haga responsable en último extremo de su cumplimiento. 


En el caso de las garantías comerciales que daba Fagor en su propio nombre, por ejemplo, se perderán al desaparecer la empresa.


Como podéis observar, la garantía legal está asegurada, pero no así la comercial.


Repuestos


engranajesOtro punto aparte son los repuestos, porque el fabricante (o el importador) está obligado a proporcionar un servicio de asistencia técnica (SAT) adecuado que facilite las piezas de repuesto de sus artículos durante 5 años al menos, desde que dejó de fabricarlos. Habrá que comprobar si esto se cumple realmente en cada caso, porque si la empresa fabricante no ha cumplido con esta obligación, probablemente podamos hacer valer la garantía, pero el SAT no pueda proceder a la reparación, por no tener material con el que llevarla a cabo.


Consejos plus


Mis consejos respecto a este tema son:


1.- Es importante conservar siempre los tickets o factura de compra, porque realmente son los que tienen valor. Lo de sellar la garantía es meramente testimonial, si queréis hacerla valer, tendréis que presentar el documento de compra, aunque también presentéis el documento de garantía.


2.- Leed con detenimiento las condiciones de la garantía legal y de la comercial (si existe), para comprobar quiénes son los responsables de cada una y de si hay alguna aseguradora que se hace cargo de las garantías comerciales. Si hubiese alguna compañía de seguros implicada, podéis estar tranquilos, porque garantizará el compromiso de arreglo o sustitución, independientemente de lo que ocurra con vendedor o el fabricante. Leer las condiciones también os servirá para saber realmente quiénes son los responsables reales de las garantías.


lavadora3.- El vendedor es el primer responsable de la garantía legal, diga lo que diga, así que no os dejéis convencer. Hay comerciantes que no quieren hacer frente a las garantías por las molestias o los gastos que les puedan causar y tienen tendencia a echar balones fuera. 


4.- Si os habéis trasladado de ciudad, la tienda donde habéis comprado el artículo ha cerrado u os supone un inconveniente importante desplazaros hasta el establecimiento del vendedor, podéis acudir al fabricante o importador, porque deberá atenderos sin excusas. Para esto os ampara el artículo 124 de la Ley de Defensa de Consumidores y Usurarios.


5.- A la hora de comenzar a contar el plazo de garantía, hay que tener en cuenta que comienza desde que tengáis el producto en vuestro poder, es decir, desde el día de la compra si os lo lleváis en mano y desde la fecha de entrega del albarán si os lo envían con posterioridad a la fecha de compra.


6.- Si no podéis contactar con el responsable de la garantía o no quiere hacerse cargo de ella, podéis denunciar ante la OMIC, ellos se ponen en contacto con el garante o el responsable correspondiente, para llegar a un acuerdo entre las partes


confianza
La garantía nos debe proporcionar confianza
7.- Si la cosa se pone fea y no podéis conseguir que vuestro artículo se repare o cambie, porque la empresa no se hace responsable al echar el cierre, la última opción es acudir al concurso de acreedores de la compañía para reclamar que se cumpla el compromiso. Aunque con casi toda seguridad no podréis tener compensación, porque delante de vosotros habrá muchos otros acreedores

 
En próximos post os ampliaré este tema, porque las garantías son unas grandes desconocidas y no las aprovechamos todo lo que sería conveniente.


Desde este post le manifiesto mi apoyo a los trabajadores de Fagor, de Edesa y de todas las empresas que dependen de ellas, porque pasan a engrosar las filas de los que se quedan sin empleo y sin ahorros. Lamentable.




También os puede interesar:

Derechos a la Hora de Reparar un Electrodoméstico
Guardar Tickets y Facturas: Muy Importante
Ordenación del Comercio Minorista
Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios
Instituto Nacional de Consumo



4 comentarios:

  1. la empresa instaladora de la caldera y toda la calefaccion de mi casa cerro en 2012. La garantia deln contrato caduca en agosto de 2014. Estamos comenzando a tener problemas de goteras en varios de los tubos de la calefaccion. Que puedo hacer para solucionar

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias por tu comentario, Franklyn. Mi consejo es que, si la instaladora ha cerrado, te dirijas al fabricante de la caldera, que me imagino que será distinto de quienes te instalaron el aparato. Ellos son responsables de la garantía en caso de que el vendedor (la instaladora) haya cerrado y viceversa. Si no te hacen caso, te recomiendo que pongas una denuncia en la oficina de consumo que te corresponda, así podrás hacer más presión ante el fabricante. ¡Suerte con la gestión! Y si tienes alguna otra duda, aquí estamos para responderte. Saludos.

      Eliminar
  2. Han transcurrido tres meses y medio desde que adquirí mi nueva silla de ruedas eléctrica, por un importe superior a los cuatro mil Euros. A fecha de hoy solo pude hacer uso de la mima en dos ocasiones; la ultima falto poco para que me ocasionase un grave accidente, de no ser por el pronto auxilio de los transeúntes y guardias civiles que por allí pululaban, que lo evitaron. Bien, desde el mismo día que la recibí y probé, le hice constar a la Ortopedia que la silla no funcionaba correctamente. Me explicaron que era debido a que no estaba acostumbrado al manejo, que las ruedas al tener un mayor diámetro tendían a hacer extraños en el firme y en el orden de marcha. Me solicitaron un vídeo en el que demostrase que la silla no giraba correctamente y que tampoco mantenía la dirección. Así lo hice, grabo mi esposa el vídeo y se lo hice llegar a través de wassapp. Me enviaron a un supuesto delegado de la marca en Galicia y que presuntamente venia solventar el tedioso asunto, achacándole la falla a que el asiento sumado a mi peso no guardaba el centro de gravedad impidiendo el buen funcionamiento de la silla, dándome como única solución viable reemplazar el respaldo (el respaldo que lleva en la actualidad es optativo y conlleva un coste adicional de 450 €, y el de origen se queda en fabrica) por el original y desplazar el asiento hacia atrás. Éste regresa a Lugo y me deja la labor de informar a la Ortopedia de lo acontecido y de la "solución facilitada", lo hago y me piden que realice varias fotografías de la silla para comprobar si se podría llevar a cabo el desplazamiento de la silla, también lo hice, pero no bastando quiere que redacte una carta para hacérsela llegar al fabricante ya que los Delegados Comerciales de la marca según me hace constar se desentienden y lo achacan a la contextura física y postura que adopto al manejarla, que no es otra que permanecer sentado sobre el asiento. En definitiva, a fecha de hoy continuo sin atreverme a utilizarla y de no haber conservado mi antigua silla (tengo en mente donarla a quien la precise y carezca de medios) me vería sumamente limitado por una lado e impedido por el otro y mi frustración va in crescendo. ¿Qué me aconseja, por favor?

    ResponderEliminar
  3. Buenas tardes, Adolfo. Antes de nada me gustaría darle las gracias por dejar su consulta. No salgo de mi asombro por el comportamiento tanto de la ortopedia como del fabricante. Es realmente inadmisible en cualquier caso y más aún tratándose de este tipo de artículo. Da la sensación de que van "pasándose la pelota" los unos a los otros, haciendo recaer la responsabilidad en usted, el cliente. Parece que quieren que se canse con tanto ir y venir y que abandone sus quejas o, incluso, que acabe comprando otra silla. Mi consejo es que, por una parte, envíe un burofax certificado con acuse de recibo a la marca con su caso, especificando claramente la solución que le satisfaría; los más de 25 € en este caso merecen la pena. Por otra parte, le recomiendo que ponga una reclamación en la Oficina de Consumo de su localidad (puede consultar cuál es en http://www.oficinadelconsumidor.org/), haciendo constar todos los hechos, adjuntando fotocopia de todos los documentos que obren en su poder, especificando también en este caso qué es lo que quiere (cambio de la silla, modificación inmediata, reembolso del dinero, etc.) e indicando clara y expresamente que quiere que le mantengan informado de la marcha del expediente (si no no sabrá nada de los trámites que se lleven a cabo durante el proceso y así le tendrán que notificar cada paso que se de). Lo más probable es que el fabricante le responda favorable e inmediatamente cuando reciba su burofax (suelen provocar cierto respeto, porque son válidos si se va a optar por la vía judicial) y, si no es así, ya tendrá en marcha la reclamación ante su Oficina de Consumo. En cualquier caso, si tiene usted abogado o cuenta con alguna póliza de seguros que tenga cobertura legal, le aconsejo que les consulte también; solemos tener este servicio simplemente por tener contratado un seguro, pero nunca hacemos uso de él. Espero de todo corazón que pueda solucionar lo antes posible su problema. Si tiene cualquier otra consulta o, simplemente, necesita poner negro sobre blanco su frustración, este espacio está abierto para usted. Reciba un cordial saludo.

    ResponderEliminar

Estamos encantados de que nos dejes tus aportaciones, porque tu opinión es importante para nosotros. Sólo te pedimos que, por favor, no publiques links ni contenidos publicitarios de ningún tipo, porque estos no serán publicados. Si deseas anunciarte, contacta con nosotros previamente. Gracias.