Muchos
de nosotros somos emprendedores que llevamos ideas a la práctica, creamos
nuevos productos o servicios o ponemos empresas en marcha. Y, como todos
sabemos que todo ello conlleva esfuerzo, tiempo y dinero, es necesario
protegerlos.
Algunas
de las formas de proteger esas empresas, productos o servicios son:
Denominación
social
Es
el nombre con el que se identifica a una persona jurídica en el tráfico
mercantil como sujeto de relaciones jurídicas y susceptible de derechos y
obligaciones.
De
hecho, si queréis constituir una sociedad anónima o limitada, es imprescindible
que obtengáis una certificación favorable del Registro Mercantil Central, que
asegura que esa denominación está libre. Esta certificación debéis llevarla al
notario a la hora de constituir la empresa de forma obligatoria.
Las
certificaciones también funcionan como reserva del nombre elegido durante 6
meses, así que, durante ese tiempo la denominación es vuestra y nadie os la
podrá usurpar mientras constituís la sociedad. Un consejo desde la experiencia:
cuando elijáis un nombre para vuestra empresa, no lo hagáis público a los
cuatro vientos hasta que no tengáis la correspondiente certificación en vuestro
poder; no os imagináis la cantidad de avispados que hay en el mundo.
Los
registradores pueden poner problemas a las denominaciones si hay alguna otra
que sea muy parecida, que ya tenga el mismo nombre en otro idioma, etc. Os
recomiendo buscar varias denominaciones alternativas, por si la primera no
fuese aceptada por el RMC, algo bastante probable. Aun así, podéis consultar en
la página del Registro si ya existe alguna denominación idéntica o parecida,
para poder eliminarla de vuestra lista.
Por
supuesto, hay que pagar para conseguir las certificaciones.
Y,
en cuanto a la propiedad industrial, podemos protegernos con:
Marca
Es
un signo distintivo que permite a los empresarios distinguir sus productos o
servicios frente a los de los competidores y que quedan
protegidos por títulos que otorga el estado. Estos títulos confieren al titular
el derecho exclusivo de emplearlos en el tráfico económico. Además, con la
obtención de la marca, conseguiréis evitar que se usen en España signos
distintivos iguales o parecidos a los vuestros.
Las
marcas pueden estar constituidas por caracteres alfanuméricos o gráficos
(dibujos, fotos, logotipos...) y sirven para que los consumidores os puedan
diferenciar de los demás competidores. La marca genera confianza en el cliente
y se puede convertir en uno de los activos más importantes de la empresa.
La
obtención de la marca, cuando o no se cuenta con un agente de patentes y marcas
puede ser realmente desesperante, aunque mucho más barato. Los trámites, aunque
se realicen online, pueden ser realmente tediosos y desconcertantes, aunque
cualquier emprendedor con voluntad puede conseguirlo. Eso sí, el personal que
atiende mostradores y teléfonos en la Oficina Española de Patentes y Marcas
resarce con creces la incomodidad de la tramitación, porque ayudan mucho a los
solicitantes; si no fuese por ellos... Os lo digo desde la experiencia, tras 5
marcas registradas en mi haber.
Os
aconsejo que os leáis el Manual del Solicitante con detenimiento antes de
comenzar a rellenar la solicitud. Y, ojo, no os olvidéis de que hay que pagar
las correspondientes tasas.
Nombre
comercial
Es
el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y
que la identifica, individualiza y distingue de las demás empresas que llevan a
cabo las mismas actividades u otras parecidas.
El
nombre comercial es independiente del que tenga la sociedad a la hora de
inscribirse en el Registro Mercantil, por tratarse de un título
industrial.
Patente
Es
un conjunto de derechos exclusivos concedido al inventor o cesionario una
invención, entendiéndose como tal a un producto o proceso que aporta, en
general, una nueva forma de hacer algo o una nueva solución técnica a un
determinado problema.
Es
importante saber que, para que el invento sea patentable, debe cumplir unos
requisitos bastante rigurosos y abonar unas tasas elevadas.
El titular de la patente podrá autorizar
(conceder una licencia) a quien considere oportuno, mediante un acuerdo entre
ambas partes.
También
podéis solicitar el registro de diseños industriales, modelos de utilidad y
topografías de semiconductores, según el tipo de diseño o invento del que se
trate.
Por
cierto, la propiedad industrial, tiene tratamiento de activo intangible a nivel
contable, es decir, es un activo monetario sin apariencia física y susceptible
de valoración económica.
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