Páginas

miércoles, 10 de abril de 2013

No al "Precio Según Mercado" en los Restaurantes

Todavía es frecuente encontrar cartas en restaurantes en los que, ciertos platos, no incluyen su correspondiente precio, incluyendo la expresión "precio según mercado" o similares. 


Suele tratarse de productos cuyo precio es muy variable en los mercados mayoristas y, por ello, el establecimiento justifica la no aparición del precio en la carta. Es habitual que suceda con productos costosos y de temporada, generalmente pescados y mariscos, con el posible susto a la hora de pagar la cuenta.

 
La normativa exige que el establecimiento indique todos los precios de sus productos o servicios en la carta, independientemente de sus variaciones de precios en el mercado, de hecho, si se trata de restaurantes y cafeterías de primera categoría, tambien tienen obligación de exhibir la carta con sus precios en el exterior del establecimiento.


Recuerda que el Real Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece que, desde enero de 2007, en toda la información que se facilite al consumidor acerca del precio de los bienes o servicios que se ofrezcen, se dará el precio final completo; desglosando en su caso los gastos añadidos o descuentos que sean aplicables, financiación y otras condiciones de pago similares.


Por ello, debes recordar que la expresión "precio según mercado" o "SM" está expresamente prohibida y, por tanto, puedes (y debes) exigir que se nos informe del precio del producto antes de pedirlo. 


Es cierto que es tedioso para el establecimiento eso de cambiar constantemente los precios de una carta, pero debe hacerlo si ofrece este tipo de productos de precio muy variable. Además, piensa que el "según mercado" puede ser la excusa perfecta para inflar los precios en ciertos momentos interesantes: vacaciones, días festivos, congresos, conciertos, eventos deportivos, etc.


También te puede interesar:


Real Decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. 

Facua: Tus Derechos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Estamos encantados de que nos dejes tus aportaciones, porque tu opinión es importante para nosotros. Sólo te pedimos que, por favor, no publiques links ni contenidos publicitarios de ningún tipo, porque estos no serán publicados. Si deseas anunciarte, contacta con nosotros previamente. Gracias.